Ley 2253 de 2022
Artículo 15. De las campañas nacionales y regionales de donación

El Gobierno nacional a través del Ministerio de Salud y Protección Social y las secretarías de salud de las gobernaciones y alcaldías municipales promoverán la realización de campañas de donación de Células Progenitoras Hematopoyéticas (CPH) con enfoque étnico. La financiación de dichas campañas se someterá a marco fiscal de mediano plazo y marco de gasto de mediano plazo del sector salud.

Será función de los registros la realización de campañas nacionales y regionales de donación de Células Progenitoras Hematopoyéticas (CPH).

Estas campañas de donación deberán contener estrategias de información, educación y de comunicación y deberán estar contempladas en la organización y gestión organizativa de cada registro. En ellas debe existir un enfoque poblacional significativo que permita obtener registros de personas indígenas, afro, palenqueras y raizales.

PARÁGRAFO 1o. En el caso del RNDCHP la financiación de dichas campañas deberá incluirse en su planeación y el presupuesto otorgado por el Gobierno nacional para su puesta en marcha y funcionamiento.

PARÁGRAFO 2o. Las instituciones promotoras y prestadoras de salud, públicas y privadas, se integrarán a las actividades de promoción y educación de conformidad con sus perfiles y fines dentro del sistema de salud.