Artículo 1o. Objeto - La presente ley tiene por objeto crear el Registro Nacional...
Artículo 2o. Principios - Para la aplicación de la presente ley, se deberán tener...
Artículo 3o. Definiciones - Para efectos de la presente ley se entenderá por: Registro...
Artículo 4o - El Ministerio de Salud y Protección Social a través del...
Artículo 5o - El Registro Nacional Público Oficial de Donantes de Células Progenitoras...
Artículo 6o - Los laboratorios clínicos que acrediten cumplir con las condiciones y...
Artículo 8o. Incentivos - El Gobierno nacional en cabeza del Ministerio de Salud y...
Artículo 19 - El Ministerio de Salud y Protección Social con el apoyo...
Artículo 20 - El Ministerio de Salud y Protección Social junto al Instituto...
Artículo 21. Vigencia y derogatoria - La presente ley rige a partir de su promulgación y...