Ley 2243 de 2022
Artículo 9o. Día nacional del manglar. Defínase el 26 de julio como el Día del manglar

Las Corporaciones Autónomas Regionales, las de Desarrollo Sostenible y Parques Nacionales Naturales que tengan zonas de manglares, convocarán a todas las autoridades locales, incluyendo las Entidades Territoriales, y a la ciudadanía en general, todos los 26 de julio de cada año para evidenciar los avances de los Programas Regionales de Restauración de los Manglares.