Se autoriza al Gobierno nacional para asignar los recursos para la implementación y ejecución de la presente Ley.
De conformidad con la normativa vigente, las erogaciones que se causen con ocasión de la implementación y ejecución de la presente ley deberán consultar la situación fiscal de la Nación, la disponibilidad de recursos y ajustará al Marco de Gasto de Mediano Plazo de cada sector involucrado, en consonancia con el Marco Fiscal de Mediano Plazo y las normas orgánicas de presupuesto.
Estructura Ley 2243 de 2022
Artículo 3o. Ordenamiento del ecosistema de manglar
Artículo 4o. La zonificación de manglares como determinante ambiental
Artículo 5o. Uso y aprovechamiento de los manglares
Artículo 7o. Plan nacional para la restauración de los manglares
Artículo 8o. Programas regionales para la restauración de los manglares
Artículo 9o. Día nacional del manglar. Defínase el 26 de julio como el Día del manglar
Artículo 10. Estrategia nacional de conocimiento del manglar