El Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras José Benito Vives de Andréis - Invernar- como secretario de la Red de Centros de Investigación Marina de Colombia, promoverá la participación y colaboración entre las entidades que desarrollan actividades de investigación en los litorales y los mares colombianos especialmente en el manglar, propendiendo por el aprovechamiento racional de la capacidad científica de que dispone el país en este campo.
El Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras José Benito Vives de Andréis – Invemar junto con Red Colombiana de Estuarios y Manglares elaborará e implementará un programa de investigación e innovación y fortalecimiento de capacidades para diferentes grupos de interés en el ecosistema de manglar, para lo cual contará con el apoyo del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y del conjunto de autoridades ambientales con injerencia en el manglar.
Las Corporaciones Autónomas Regionales tendrán como guía para el monitoreo, la administración, gestión, reporte y custodia de información sobre las áreas de manglar, las orientaciones y normativas expedidas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Estructura Ley 2243 de 2022
Artículo 3o. Ordenamiento del ecosistema de manglar
Artículo 4o. La zonificación de manglares como determinante ambiental
Artículo 5o. Uso y aprovechamiento de los manglares
Artículo 7o. Plan nacional para la restauración de los manglares
Artículo 8o. Programas regionales para la restauración de los manglares
Artículo 9o. Día nacional del manglar. Defínase el 26 de julio como el Día del manglar
Artículo 10. Estrategia nacional de conocimiento del manglar