El Gobierno nacional deberá proveer anualmente los recursos requeridos para garantizar el acompañamiento familiar y comunitario de los hogares beneficiarios y el mantenimiento del sistema de información, de acuerdo con el marco fiscal de mediano plazo.
Estructura Ley 1785 de 2016
Artículo 3o. Coordinación nacional
Artículo 4o. Objetivos específicos
Artículo 5o. Focalización de beneficiarios
Artículo 7o. Competencias de las entidades territoriales
Artículo 8o. La oferta de servicios sociales del estado u oferta pública
Artículo 9o. Acceso preferente
Artículo 11. Sistema de información
Artículo 12. Condiciones de salida de los beneficiarios de la red unidos
Artículo 13. Cobertura geográfica
Artículo 15. Marco de lucha contra la pobreza extrema en el mediano plazo
Artículo 17. Certificado de calidad
Artículo 18. Seguridad alimentaria y nutricional
Artículo 19. Programa de asistencia territorial