1. Cada una de las partes tendrá derecho a denunciar unilateralmente el presente Acuerdo, previa notificación escrita a la otra parte.
2. La denuncia será efectiva noventa días después de que una de las partes contratantes reciba la notificación remitida por la otra parte.
Estructura Ley 1347 de 2009
Artículo 1. Objetivos del acuerdo
Artículo 4. Personalidad jurídica
Artículo 6. Objetivos y funciones
Artículo 7. Consejo de administración
Artículo 9. Funciones del director
Artículo 10. Disposiciones financieras
Artículo 11. Contribución del gobierno
Artículo 12. Contribución de la unesco
Artículo 13. Privilegios e inmunidades
Artículo 16. Utilización del nombre y el logotipo de la unesco