<Artículo adicionado por el artículo 1 del Acto Legislativo 1 de 2017. El nuevo texto es el siguiente:> La imposición de cualquier sanción en la JEP no inhabilitará para la participación política ni limitará el ejercicio de ningún derecho, activo o pasivo, de participación política.
PARÁGRAFO. Respecto a aquellas personas que pertenezcan a organizaciones rebeldes que hayan firmado un acuerdo de paz con el Gobierno, a efectos de reincorporación, quedarán en efecto suspensivo las condenas derivadas de delitos competencia del Tribunal para la Paz impuestas por la justicia ordinaria o disciplinaria, hasta que estas condenas hayan sido tratadas por la Jurisdicción Especial para la Paz para lo de su competencia.
Estructura Constitución política
Artículo transitorio. Procedimiento legislativo especial para la paz
Artículo transitorio. Facultades presidenciales para la paz
Artículo transitorio 20. Participación en política
Artículo transitorio 23. Competencia de la jurisdicción especial para la paz
Artículo transitorio 3o. Inscripción de candidatos
Artículo transitorio 5o. Requisitos para ser candidato
Artículo transitorio 6o. Forma de elección
Artículo transitorio 7o. Fecha de elecciones
Artículo transitorio 8o. Financiación
Artículo transitorio 9o. Acceso a medios de comunicación
Artículo transitorio 10. Tribunales electorales transitorios