Constitución política
Titulo XI

Capitulo 1

Articulo 285 - Fuera de la división general del territorio, habrá las que...

Articulo 286 - Son entidades territoriales los departamentos, los distritos, los municipios y...

Articulo 287 - Las entidades territoriales gozan de autonomía para la gestión de...

Articulo 288 - La ley orgánica de ordenamiento territorial establecerá la distribución de...

Articulo 289 - Por mandato de la ley, los departamentos y municipios ubicados...

Articulo 291 - Los miembros de las corporaciones públicas de las entidades territoriales...

Articulo 292 - Los diputados y concejales y sus parientes dentro del grado...

Articulo 293 - Sin perjuicio de lo establecido en la Constitución, la ley...

Articulo 294 - La ley no podrá conceder exenciones ni tratamientos preferenciales en...

Articulo 295 - Las entidades territoriales podrán emitir títulos y bonos de deuda...

Articulo 296 - Para la conservación del orden público o para su restablecimiento...

Capitulo 2

Articulo 297 - El Congreso Nacional puede decretar la formación de nuevos Departamentos,...

Articulo 298 - Los departamentos tienen autonomía para la administración de los asuntos...

Articulo 299 - <Artículo modificado por el artículo 3 del Acto Legislativo 1...

Articulo 300 - <Artículo modificado por el artículo 2o. del Acto Legislativo No....

Articulo 301 - La ley señalará los casos en los cuales las asambleas...

Articulo 302 - La ley podrá establecer para uno o varios Departamentos diversas...

Articulo 303 - <Artículo modificado por el artículo 1 del Acto Legislativo No....

Articulo 304 - El Presidente de la República, en los casos taxativamente señalados...

Articulo 305 - Son atribuciones del gobernador: 1. Cumplir y hacer cumplir la...

Articulo 306 - Dos o más departamentos podrán constituírse <sic> en regiones administrativas...

Articulo 307 - La respectiva ley orgánica, previo concepto de la Comisión de...

Articulo 308 - La ley podrá limitar las apropiaciones departamentales destinadas a honorarios...

Articulo 309 - Erígense en departamento las Intendencias de Arauca, Casanare, Putumayo, el...

Articulo 310 - El Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina...

Capitulo 3

Articulo 311 - Al municipio como entidad fundamental de la división politico<sic>-administrativa del...

Articulo 312 - <Artículo modificado por el artículo 5 del Acto Legislativo 1...

Articulo 313 - Corresponde a los concejos: 1. Reglamentar las funciones y la...

Articulo 314 - <Artículo modificado por el artículo 3 del Acto Legislativo No....

Articulo 315 - Son atribuciones del alcalde: 1. Cumplir y hacer cumplir la...

Articulo 316 - En las votaciones que se realicen para la elección de...

Articulo 317 - Solo los municipios podrán gravar la propiedad inmueble. Lo anterior...

Articulo 318 - <Ver Notas de Vigencia> Con el fin de mejorar la...

Articulo 319 - Cuando dos o más municipios tengan relaciones económicas, sociales y...

Articulo 320 - La ley podrá establecer categorías de municipios de acuerdo con...

Articulo 321 - Las provincias se constituyen con municipios o territorios indígenas circunvecinos,...

Capitulo 4

Articulo 322 - <Inciso 1o. modificado por el artículo 1 del Acto Legislativo...

Articulo 323 - <Artículo modificado por el artículo 1 del Acto Legislativo 3...

Articulo 324 - Las juntas administradoras locales distribuirán y apropiarán las partidas globales...

Articulo 325 - <Artículo modificado por el artículo 1 del Acto Legislativo 2...

Articulo 326 - Los municipios circunvecinos podrán incorporarse al Distrito Capital si así...

Articulo 327 - En las elecciones de Gobernador y de diputados a la...

Articulo 328 - <Artículo modificado por el artículo 2 del Acto Legislativo 2...

Articulo 329 - La conformación de las entidades territoriales indígenas se hará con...

Articulo 330 - De conformidad con la Constitución y las leyes, los territorios...

Articulo 331 - Créase la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la...