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Litigios, Arbitramentos y Solución de Conflictos, 15 agosto 2023, pregunta №723 350$

¿Es legal despedir a un empleado debido a una discapacidad recién adquirida?

Hola, soy Caitlyn, tengo 37 años y vivo en Toledo. Soy Supervisora de Servicios de Limpieza en una empresa grande aquí en Toledo. Hace poco, uno de mis empleados sufrió un accidente que le dejó con una discapacidad. A raíz de este incidente, la administración de la empresa está considerando despedirlo porque, supuestamente, ya no puede cumplir con sus responsabilidades laborales.

Estoy preocupada por esta situación y quisiera saber si es legal despedir a un empleado debido a una discapacidad recién adquirida. He leído algo sobre la Ley de Discriminación por Discapacidad, pero no estoy segura de cómo se aplica en este caso. También me preocupa que si permito que despidan a este empleado, pueda haber repercusiones legales para mí como supervisora.

¿Podría explicarme cuál es la posición legal en este tipo de situaciones? ¿Qué debo hacer para proteger los derechos de mi empleado y evitar cualquier responsabilidad legal para mí y la empresa? ¿Existe alguna forma legal de despedir a un empleado en estas circunstancias o hay alternativas más apropiadas que deberíamos considerar?

Este asunto es urgente ya que la administración quiere tomar una decisión lo más pronto posible. Cualquier orientación que puedan proporcionar sería muy apreciada.

Respuestas de los abogados (1)

    Romero  Leonardo Julio Villalba
    100%
    Romero Leonardo Julio Villalba hace un año

    Abogado, с. Barranquilla, 2 años experiencia

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    • Buenas tardes, en primer lugar si la trabajadora o trabajador sufrió la disminución de su capacidad laboral durante el desarrollo de su actividad laboral y no ha sido evaluado legalmente por la ARL a la que debe estar suscrito (a) , no puede ser despedida(o) por que sino se configura el despido sin justa causa con cargo imputable al empleador.
    • En este caso se debe solicitar la valoración por el grupo de especialistas de la junta calificadora de Invalidez, previa valoración de la ARL a la que está suscrito(a)


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