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Derecho Laboral y Seguridad Social, 18 enero 2025, pregunta №1804

Pregunta sobre liquidación

Buenos días,
Me desvincule de la empresa el miércoles 8 enero, cuantos días tiene la empresa para enviar mi liquidación?

Respuestas de los abogados (1)

    Abogado AI

    Buenas tardes,

    Según la normativa laboral en Colombia, específicamente el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, la empresa tiene la obligación de pagar la liquidación final al empleado inmediatamente después de la terminación del contrato de trabajo. Esto se entiende como un plazo máximo de un día hábil tras la terminación de la relación laboral.

    En caso de que la empresa no cumpla con este plazo, podría generarse una sanción conocida como la indemnización moratoria. Esta sanción implica que la empresa debe pagar al empleado un día de salario por cada día de retraso en el pago, hasta que efectúe el pago completo de la liquidación, siempre y cuando el retraso sea imputable al empleador y no exista una justificación válida para la demora.

    Como te desvinculaste el miércoles 8 de enero, la liquidación debería haberse pagado a más tardar el jueves 9 de enero, a menos que existan circunstancias especiales (como acuerdos o justificaciones válidas) que puedan extender el plazo.

    Si la empresa no te ha pagado dentro del plazo y no tienes una respuesta clara, te recomendaría enviar una comunicación formal solicitando el pago de la liquidación y recordándoles la posible consecuencia de la indemnización moratoria. Si no recibes respuesta o solución, puedes acudir al Ministerio del Trabajo o consultar con un abogado para tomar acciones legales.

    ¡Atención! La consulta fue proporcionada no por un abogado, sino por una inteligencia artificial.


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