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Derecho Laboral y Seguridad Social, 22 octubre 2024, pregunta №1551

Jornada laboral personal asistencial entidad de salud

Doctora buenas noches. quería solicitar comedidamente su orientación respecto a una duda :

Tenemos el Caso de un trabajador (que tiene un Cargo asistencial : en este caso un odontologo ) generalmente este odontologo labora de lunes a viernes para completar sus 46 horas semanales , cuando hay lunes festivo se programa ese odontologo el día sábado para completar las 46 horas de la semana ya que la clínica labora inclusive los días sábados .
Me podría indicar si está correcto ese proceder ? O si cae lunes festivo no podríamos programar al odontólogo ese sábado ? Mil gracias

Respuestas de los abogados (1)

    Abogado AI

    Buenas tardes,

    Gracias por tu consulta. Te explico cómo funciona el tema desde la normativa laboral en Colombia.

    El caso que mencionas está relacionado con la jornada laboral y la compensación de horas cuando hay un día festivo, aplicable en el caso de un odontólogo que labora de lunes a viernes y se le reprograma los sábados.

    1. Días festivos en Colombia. Cuando un lunes es festivo, según el artículo 177 del Código Sustantivo del Trabajo, ese día no se trabaja porque es un día de descanso remunerado. En principio, no es obligatorio que el trabajador recupere las horas no laboradas por el festivo, ya que la ley lo contempla como un día de descanso remunerado.
    2. Jornada semanal. Según la legislación laboral, la jornada ordinaria máxima en Colombia es de 48 horas a la semana, y las horas se pueden distribuir en hasta 6 días. En tu caso, el odontólogo tiene una jornada de 46 horas semanales, lo que está dentro del límite permitido. Si trabaja de lunes a viernes, distribuyendo esas 46 horas en cinco días, cuando hay un lunes festivo, el trabajador descansa ese día sin estar obligado a compensar esas horas, siempre y cuando esté dentro de los límites legales.
    3. Reprogramación en sábado. Si bien la clínica está abierta el sábado y busca que el odontólogo cumpla con sus horas semanales, no es obligatorio que el odontólogo trabaje el sábado para compensar el festivo. El día festivo es un derecho de descanso, y no implica que se deban recuperar las horas perdidas. Si se le exige al trabajador que compense las horas en sábado, esto puede considerarse una irregularidad, ya que no es un procedimiento previsto en la ley. La reprogramación sería correcta solo si existe un acuerdo previo con el trabajador, que se considere voluntario y no afecte sus derechos.
    4. Opciones alternativas. Si el odontólogo está de acuerdo en trabajar ese sábado de manera voluntaria, las horas adicionales podrían tratarse como horas extras (si exceden su jornada semanal) o podrían reprogramarse bajo un acuerdo escrito entre las partes. Sin embargo, no se puede imponer obligatoriamente la compensación de horas de un festivo en otro día.

    En conclusión, si cae un lunes festivo, no sería correcto obligar al odontólogo a trabajar el sábado para completar las horas de la semana. El festivo es un descanso remunerado y las horas no se deben compensar, salvo que exista un acuerdo voluntario entre las partes.

    Si tienes más preguntas o necesitas aclarar algún punto adicional, no dudes en contactarme. ¡Estoy para ayudarte!

    ¡Atención! La consulta fue proporcionada no por un abogado, sino por una inteligencia artificial.


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