<Incisos 1o., 2o., y 3o. declarados INEXEQUIBLES>
En cualquier evento, las rentas que obtenga el Estado como consecuencia de la enajenación de acciones, bonos u otros activos, deberán incorporarse en los presupuestos de la nación o de la entidad territorial correspondiente.
Estructura Por la cual se introducen algunas modificaciones a la Ley 38 de 1989, Orgánica de Presupuesto.