Por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los departamentos.

Título I

Capítulo I

Artículo 1o. Objeto - La presente ley tiene por objeto establecer el régimen político...

Artículo 2o. Definición - Los departamentos forman parte de la organización territorial del Estado...

Artículo 3o. Principios - Los departamentos se regirán, entre otros, por los siguientes principios:...

Capítulo II

Artículo 4o. Competencias - Sin perjuicio de lo dispuesto en la Constitución Política y...

Artículo 5o. Regulación de los departamentos en materias especiales - Los departamentos están regulados en determinadas materias, conforme al régimen...

Artículo 6o. áreas no municipalizadas - <Artículo INEXEQUIBLE>

Artículo 7o - El departamento impulsará el desarrollo productivo y el capital humano...

Artículo 8o - El departamento adoptará y ejecutará las políticas, planes, programas y...

Artículo 9o - El departamento promoverá el fortalecimiento de la agenda de sostenibilidad...

Artículo 10 - El departamento promoverá la asociatividad que permita generar sinergias para...

Artículo 11 - El departamento, a través de los principios de coordinación y...

Artículo 12 - Los departamentos a través de los esquemas asociativos territoriales, podrán...

Capítulo III

Artículo 13. Creación de nuevos departamentos y definición de Límites dudosos para nuevos departamentos - Corresponde al Congreso de la República, fijar o modificar el...

Capítulo IV

Artículo 14 - Los departamentos tienen autonomía en materia de planeación, en el...

Capítulo V

Artículo 15. Planes de ordenamiento departamental - En desarrollo del artículo 29 numeral 2 de la Ley...

Título II

Capítulo I

Artículo 16. Asambleas departamentales - <Artículo modificado por el artículo 2 de la Ley 2298...

Artículo 17. Organización de las asambleas - La determinación de la estructura administrativa de las Asambleas Departamentales,...

Artículo 18. Sede - La Asamblea Departamental tendrá su sede en la capital del...

Artículo 19. Funciones - Son funciones de las Asambleas Departamentales: 1. Desarrollar sus funciones...

Artículo 20. Prohibiciones de la asamblea - Es prohibido a las Asambleas Departamentales en el ejercicio de...

Artículo 21. Reconocimiento a personas naturales o jurídicas - A los Diputados les está prohibido, otorgar o realizar homenajes...

Artículo 22. Instalación del periodo constitucional - La sesión de instalación del periodo constitucional de las Asambleas...

Artículo 23. Período de sesiones - Las Asambleas Departamentales sesionarán de manera ordinaria durante seis (6)...

Artículo 24. Audiencias públicas - En cada período de sesiones ordinarias de las Asambleas Departamentales,...

Artículo 25. Invalidez de las sesiones y decisiones - Carecerá de validez, toda sesión de miembros de las Asambleas...

Artículo 26. Reuniones no presenciales o mixtas de la asamblea departamental - Cuando la Mesa Directiva de la Corporación por acto motivado...

Artículo 27. Mesa directiva - La Mesa Directiva de las asambleas departamentales se compondrá de...

Artículo 28. Participación en mesas directivas de las asambleas departamentales - Las organizaciones o partidos políticos declarados en oposición y con...

Artículo 29. Representación legal - La representación legal de la asamblea departamental corresponderá al Presidente...

Artículo 30. Comisiones - Las asambleas integrarán en sesión plenaria las comisiones permanentes encargadas...

Artículo 31. Comisión para la equidad de la mujer - Además de las Comisiones Permanentes, las Asambleas con el objeto...

Artículo 32. Secretario general - La elección del secretario general deberá estar precedida obligatoriamente por...

Artículo 33. Calidades del secretario - Para ser elegido secretario general de la asamblea departamental se...

Artículo 34. Elección del contralor - Los Contralores departamentales, serán elegidos por las Asambleas Departamentales conforme...

Artículo 35. Posesión de los funcionarios elegidos por las asambleas - Los funcionarios elegidos por la asamblea tendrán periodos institucionales y...

Artículo 36. Reglamento - La asamblea departamental expedirá, una ordenanza de reglamento para su...

Artículo 37. Quórum - Las asambleas departamentales y sus comisiones no podrán iniciar sesión...

Artículo 38. Mayorías decisorias - En sesión plenaria y comisiones permanentes se podrá decidir por...

Artículo 39. Control político - <Aparte subrayado CONDICIONALMENTE exequible> Corresponde a la asamblea ejercer función...

Artículo 40. Moción de censura - La tercera parte de los miembros que componen la asamblea,...

Artículo 41. Convocatoria a personas jurídicas de naturaleza privada - Dentro de los términos de la presente ley, con aprobación...

Artículo 42. Actas - De las sesiones de las asambleas y de sus comisiones...

Artículo 43. Publicidad de las sesiones de la asamblea - Las asambleas departamentales deberán contar con medios escritos y/o electrónicos...

Artículo 44. Inasistencia - La falta de asistencia de los diputados a las sesiones,...

Artículo 45. Rendición de cuentas - las Asambleas deberán elaborar anualmente un Plan de Acción de...

Capítulo II

Artículo 46. Calidades - <Apartes tachados INEXEQUIBLES> Los diputados serán elegidos popularmente para un...

Artículo 47. Posesión - El Presidente de la asamblea tomará posesión ante la corporación,...

Artículo 48. Período de los diputados - El periodo de los diputados será de 4 años e...

Artículo 49. De las inhabilidades de los diputados - Además de las inhabilidades establecidas en la Constitución, la ley...

Artículo 50. De las incompatibilidades de los diputados - Los diputados no podrán: 1. De conformidad con lo dispuesto...

Artículo 51. Otras incompatibilidades - Además, constituyen incompatibilidades para desempeñar cargos públicos, las siguientes: 1....

Artículo 52. Duración de la incompatibilidad - Las incompatibilidades de los diputados tendrán vigencia durante el período...

Artículo 53. Inelegibilidad simultánea - Nadie podrá ser elegido para más de una corporación o...

Artículo 54. Prohibiciones relativas a los Cónyuges, compañeros permanentes y parientes de los diputados - De conformidad con lo establecido en el artículo 126 de...

Artículo 55. Excepciones al régimen de incompatibilidades - Lo dispuesto en los artículos anteriores no obsta para que...

Artículo 56. Conflicto de intereses - Todos los diputados deberán declarar los conflictos de intereses que...

Artículo 57. Faltas absolutas de los diputados - Son faltas absolutas de los diputados: 1. La muerte. 2....

Artículo 58. Renuncia - En época de sesiones ordinarias, corresponde a la plenaria de...

Artículo 59. Incapacidad física permanente - En caso de incapacidad permanente debidamente certificada por la entidad...

Artículo 60. Pérdida de la investidura - Se decretará la pérdida de investidura en los siguientes casos:...

Artículo 61. Declaratoria de nulidad de la elección - Una vez que quede en firme la declaratoria de nulidad...

Artículo 62. Aplicación de las sanciones de destitución y de suspensión - La aplicación de las sanciones de destitución y de suspensión...

Artículo 63. Causales de destitución - También son causales de destitución de los diputados las siguientes:...

Artículo 64. Formas de llenar las faltas absolutas - Los diputados no tendrán suplentes. Las faltas absolutas de los...

Artículo 65. Doble militancia - De conformidad con lo establecido en el artículo 107 de...

Artículo 66. Silla vacía - En ningún caso podrán ser reemplazados quienes sean condenados por...

Artículo 67. Reducción del quórum y mayorías - Cuando las faltas absolutas de los diputados no pudieren ser...

Artículo 68. Faltas temporales - Son faltas temporales de los diputados: 1. La licencia de...

Artículo 69. Licencia de maternidad - La diputada en estado de embarazo, o adoptante de un...

Artículo 70. Comisiones de estudio - En lo relacionado a las comisiones de estudio de los...

Artículo 71. Incapacidad física transitoria - En caso de que por motivos de salud debidamente certificada...

Artículo 72. Suspensión provisional de la elección - Una vez que la Jurisdicción Contencioso Administrativa disponga la suspensión...

Artículo 73. Ausencia forzada e involuntaria - Cuando por motivos ajenos a su voluntad, ocasionados por la...

Artículo 74. Circunscripción electoral - Para la elección de los diputados, cada departamento formará un...

Artículo 75. Derechos de los reemplazos por vacancia - En caso de faltas absolutas o temporales de los diputados,...

Artículo 76 - Son excusas de los diputados para no asistir a las...

Artículo 77. Bancadas - Las asambleas departamentales actuarán bajo el régimen de bancadas previsto...

Artículo 78. Actuación en bancadas - Los miembros de cada bancada actuarán en grupo y coordinadamente,...

Artículo 79. Decisiones - Cuando la Bancada decida dejar en libertad a sus miembros...

Artículo 80. Régimen de seguridad social y prestacional de los diputados - El régimen de seguridad social y prestacional de los diputados...

Artículo 81. Remuneración de los diputados - La remuneración por concepto de asignación mensual de los diputados...

Artículo 82. Régimen prestacional de los diputados - El servidor público que ejerza como diputado tendrá derecho a...

Artículo 83. Seguro de vida - Los diputados tendrán derecho durante el período para el cual...

Artículo 84. Seguro de vida en caso de reemplazo por vacancia - En caso de faltas absolutas o temporales, quienes sean llamados...

Artículo 85. Derechos de los diputados - Los diputados tendrán derecho a: 1. Vacaciones y prima de...

Artículo 86. Vacaciones - Los diputados tienen derecho a quince (15) días hábiles de...

Artículo 87. Período de vacaciones - Las vacaciones a que tienen derecho los diputados deberán ser...

Artículo 88. Responsable para conceder vacaciones - Las vacaciones serán concedidas mediante resolución expedida por el presidente...

Artículo 89. De la compensación de vacaciones en dinero - Las vacaciones solo podrán ser compensadas en dinero en los...

Artículo 90. Base para liquidar las vacaciones y la prima de vacaciones - Para liquidar las vacaciones y la prima de vacaciones deberá...

Artículo 91. Gastos de viaje - Las asambleas departamentales podrán pagar del rubro de gasto de...

Artículo 92. Capacitación y formación - La Escuela Superior de Administración Pública creará programas gratuitos, presenciales...

Artículo 93 - Las instituciones de educación superior podrán crear, dentro del marco...

Capítulo III

Artículo 94. Iniciativa - Los actos de las asambleas departamentales destinados a dictar disposiciones...

Artículo 95. Avales normativos - Cuando se radique un proyecto de ordenanza por los diputados...

Artículo 96. Unidad temática - Todo proyecto de ordenanza debe referirse a una misma materia....

Artículo 97. Debates - Los proyectos de ordenanza serán presentados en la secretaría general...

Artículo 98. Archivo - Los proyectos que no recibieren aprobación en por lo menos...

Artículo 99. De la participación ciudadana en el estudio de proyectos de ordenanza - Para expresar sus opiniones, las personas naturales y jurídicas podrán...

Artículo 100. Objeciones - Aprobado un proyecto de ordenanza por la asamblea pasará al...

Artículo 101. Trámite en el tribunal - Si las objeciones fueren por ilegalidad o inconstitucionalidad y la...

Artículo 102. Publicación - El proyecto, las ponencias y los informes de los ponentes...

Artículo 103. Publicación y vigencia - Sancionada la ordenanza, se publicará en la gaceta o boletín...

Artículo 104. Normas especiales - Las disposiciones que sean aplicables sobre reforma y derogatoria de...

Artículo 105. Nulidad - Para todo lo relativo a la nulidad de las ordenanzas,...

Artículo 106. Archivo ordenanzal - Las ordenanzas de las 32 asambleas departamentales deberán estar en...

Título III

Capítulo I

Artículo 107. Naturaleza del cargo - En cada uno de los departamentos habrá un Gobernador que...

Artículo 108. Elección de gobernadores - Los gobernadores son elegidos popularmente para periodos institucionales de cuatro...

Artículo 109. Calidades - Para ser elegido gobernador se requiere ser ciudadano colombiano en...

Artículo 110. Posesión - Los gobernadores se posesionarán ante la respectiva asamblea. Si no...

Artículo 111. De las inhabilidades de los gobernadores - No podrá ser inscrito como candidato, elegido o designado como...

Artículo 112. De las incompatibilidades de los gobernadores - Los gobernadores, así como quienes sean designados en su reemplazo...

Artículo 113. Otras incompatibilidades - Además, constituyen incompatibilidades de los gobernadores para desempeñar cargos públicos,...

Artículo 114. Duración - Las incompatibilidades tendrán vigencia durante el período constitucional para el...

Artículo 115. Excepciones - No obstante las incompatibilidades y prohibiciones de que trata la...

Artículo 116. Prohibiciones - Es prohibido a los gobernadores: 1. Inmiscuirse en asuntos de...

Artículo 117. Autorizaciones para gobernadores - Cuando el gobernador requiera salir del país en misión oficial,...

Artículo 118. Salarios y prestaciones de los gobernadores - Los gobernadores tendrán derecho durante el periodo para el cual...

Artículo 119. Atribuciones de los gobernadores - Además de las funciones constitucionales y legales previstas, los gobernadores...

Artículo 120. Delegación de funciones - El gobernador podrá delegar en los secretarios del departamento y...

Artículo 121. Faltas absolutas - Son faltas absolutas del gobernador: 1. La muerte. 2. La...

Artículo 122. Renuncia - La renuncia al cargo de gobernador se hará ante el...

Artículo 123. Incapacidad física permanente - En caso de incapacidad permanente debidamente certificada por la entidad...

Artículo 124. Declaración de nulidad de la elección - Una vez quede en firme la declaratoria de nulidad de...

Artículo 125. Destitución - Se hará conforme a la normativa vigente, cuando se haya...

Artículo 126. La revocatoria del mandato - La revocatoria del mandato se producirá, de conformidad con lo...

Artículo 127. La declaración de vacancia por abandono del cargo - Se produce abandono del cargo cuando el gobernador, sin justa...

Artículo 128. Faltas temporales - Son faltas temporales del gobernador: 1. Las vacaciones. 2. Los...

Artículo 129. Vacaciones - La concesión de vacaciones las decreta el mismo gobernador, con...

Artículo 130. Duración de las comisiones - Las comisiones dentro del país no serán superiores a diez...

Artículo 131. Incapacidad física transitoria - Las incapacidades médicas del gobernador serán certificadas por la entidad...

Artículo 132. Causales de suspensión - El Presidente de la República, previa solicitud de la autoridad...

Artículo 133. Suspensión provisional de la elección - Una vez que la jurisdicción Contencioso-Administrativa disponga la suspensión provisional...

Artículo 134. Ausencia forzada e involuntaria - Cuando exista certificación o hecho particular que aporte certeza de...

Artículo 135. Designación de gobernador en caso de falta absoluta o suspensión - Siempre que se presente falta absoluta a más de dieciocho...

Artículo 136. Convocatoria a elección por falta absoluta - En caso de falta absoluta del gobernador se aplicará el...

Artículo 137. Gobierno departamental - El gobernador, con los secretarios de despacho, los jefes o...

Artículo 138. Estructura administrativa departamental - Los departamentos definirán su estructura administrativa, considerando los lineamientos establecidos...

Artículo 139. Vinculación al desarrollo departamental - Los departamentos podrán celebrar convenios con los organismos de acción...

Artículo 140. Catastros departamentales - Los departamentos, previa habilitación de su calidad de gestores catastrales,...

Artículo 141. Gaceta departamental - En cada uno de los departamentos se publicará una Gaceta...

Artículo 142. Sobre el régimen especial del departamento archipiélago de san andrés, providencia y santa catalina - El Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina,...

Artículo 143. Asociación de departamentos - Conforme a lo establecido en la Ley 1454 de 2011...

Artículo 144 - La Nación podrá apropiar, con destino a las formas asociativas...

Artículo 145 - Los convenios que, con autorización de la Asamblea, celebren los...

Artículo 146. Entidades descentralizadas - El Gobierno nacional presentará al Congreso de la República dentro...

Artículo 147. De los bienes, contratos y rentas departamentales - El Gobierno nacional, por conducto del Ministerio de Hacienda y...

Artículo 148. Régimen de control fiscal - El régimen de control fiscal de los departamentos se regirá...

Artículo 149. Departamentos de fronteras - De acuerdo con sus características especiales, estarán sometidos a las...

Artículo 150 - Con el objetivo de adecuar la planificación al territorio y...

Artículo 151 - <Artículo INEXEQUIBLE> El artículo 9o de la Ley 136 de...

Artículo 152 - Los denominados corregimientos municipales que se encuentren ubicados en los...

Artículo 153 - Modifíquese el parágrafo transitorio del artículo 12 de la Ley...

Artículo 154. Vigencia - La presente ley rige a partir de la fecha de...