Artículo 1o. Objeto - La presente ley tiene por objeto establecer el régimen político...
Artículo 4o. Competencias - Sin perjuicio de lo dispuesto en la Constitución Política y...
Artículo 6o. áreas no municipalizadas - <Artículo INEXEQUIBLE>
Artículo 7o - El departamento impulsará el desarrollo productivo y el capital humano...
Artículo 8o - El departamento adoptará y ejecutará las políticas, planes, programas y...
Artículo 9o - El departamento promoverá el fortalecimiento de la agenda de sostenibilidad...
Artículo 10 - El departamento promoverá la asociatividad que permita generar sinergias para...
Artículo 11 - El departamento, a través de los principios de coordinación y...
Artículo 12 - Los departamentos a través de los esquemas asociativos territoriales, podrán...
Artículo 14 - Los departamentos tienen autonomía en materia de planeación, en el...
Artículo 16. Asambleas departamentales - <Artículo modificado por el artículo 2 de la Ley 2298...
Artículo 18. Sede - La Asamblea Departamental tendrá su sede en la capital del...
Artículo 27. Mesa directiva - La Mesa Directiva de las asambleas departamentales se compondrá de...
Artículo 36. Reglamento - La asamblea departamental expedirá, una ordenanza de reglamento para su...
Artículo 37. Quórum - Las asambleas departamentales y sus comisiones no podrán iniciar sesión...
Artículo 40. Moción de censura - La tercera parte de los miembros que componen la asamblea,...
Artículo 42. Actas - De las sesiones de las asambleas y de sus comisiones...
Artículo 44. Inasistencia - La falta de asistencia de los diputados a las sesiones,...
Artículo 47. Posesión - El Presidente de la asamblea tomará posesión ante la corporación,...
Artículo 48. Período de los diputados - El periodo de los diputados será de 4 años e...
Artículo 53. Inelegibilidad simultánea - Nadie podrá ser elegido para más de una corporación o...
Artículo 58. Renuncia - En época de sesiones ordinarias, corresponde a la plenaria de...
Artículo 65. Doble militancia - De conformidad con lo establecido en el artículo 107 de...
Artículo 66. Silla vacía - En ningún caso podrán ser reemplazados quienes sean condenados por...
Artículo 68. Faltas temporales - Son faltas temporales de los diputados: 1. La licencia de...
Artículo 69. Licencia de maternidad - La diputada en estado de embarazo, o adoptante de un...
Artículo 70. Comisiones de estudio - En lo relacionado a las comisiones de estudio de los...
Artículo 76 - Son excusas de los diputados para no asistir a las...
Artículo 79. Decisiones - Cuando la Bancada decida dejar en libertad a sus miembros...
Artículo 83. Seguro de vida - Los diputados tendrán derecho durante el período para el cual...
Artículo 86. Vacaciones - Los diputados tienen derecho a quince (15) días hábiles de...
Artículo 91. Gastos de viaje - Las asambleas departamentales podrán pagar del rubro de gasto de...
Artículo 93 - Las instituciones de educación superior podrán crear, dentro del marco...
Artículo 95. Avales normativos - Cuando se radique un proyecto de ordenanza por los diputados...
Artículo 96. Unidad temática - Todo proyecto de ordenanza debe referirse a una misma materia....
Artículo 97. Debates - Los proyectos de ordenanza serán presentados en la secretaría general...
Artículo 98. Archivo - Los proyectos que no recibieren aprobación en por lo menos...
Artículo 100. Objeciones - Aprobado un proyecto de ordenanza por la asamblea pasará al...
Artículo 102. Publicación - El proyecto, las ponencias y los informes de los ponentes...
Artículo 105. Nulidad - Para todo lo relativo a la nulidad de las ordenanzas,...
Artículo 107. Naturaleza del cargo - En cada uno de los departamentos habrá un Gobernador que...
Artículo 109. Calidades - Para ser elegido gobernador se requiere ser ciudadano colombiano en...
Artículo 110. Posesión - Los gobernadores se posesionarán ante la respectiva asamblea. Si no...
Artículo 115. Excepciones - No obstante las incompatibilidades y prohibiciones de que trata la...
Artículo 116. Prohibiciones - Es prohibido a los gobernadores: 1. Inmiscuirse en asuntos de...
Artículo 121. Faltas absolutas - Son faltas absolutas del gobernador: 1. La muerte. 2. La...
Artículo 122. Renuncia - La renuncia al cargo de gobernador se hará ante el...
Artículo 125. Destitución - Se hará conforme a la normativa vigente, cuando se haya...
Artículo 128. Faltas temporales - Son faltas temporales del gobernador: 1. Las vacaciones. 2. Los...
Artículo 129. Vacaciones - La concesión de vacaciones las decreta el mismo gobernador, con...
Artículo 141. Gaceta departamental - En cada uno de los departamentos se publicará una Gaceta...
Artículo 143. Asociación de departamentos - Conforme a lo establecido en la Ley 1454 de 2011...
Artículo 144 - La Nación podrá apropiar, con destino a las formas asociativas...
Artículo 145 - Los convenios que, con autorización de la Asamblea, celebren los...
Artículo 150 - Con el objetivo de adecuar la planificación al territorio y...
Artículo 151 - <Artículo INEXEQUIBLE> El artículo 9o de la Ley 136 de...
Artículo 152 - Los denominados corregimientos municipales que se encuentren ubicados en los...
Artículo 153 - Modifíquese el parágrafo transitorio del artículo 12 de la Ley...
Artículo 154. Vigencia - La presente ley rige a partir de la fecha de...