Las Zidres deberán constituir un nuevo modelo de desarrollo económico regional a partir de:
- Promover el acceso y la formalización de la propiedad de la tierra a los campesinos, a los trabajadores agrarios, mujeres rurales, jóvenes rurales y ocupantes tradicionales de bienes inmuebles de la nación.
- Promover la inclusión social y productiva de campesinos, trabajadores agrarios, mujeres rurales y ocupantes tradicionales de bienes inmuebles de la nación como agentes sociales, productivos y emprendedores.
- Promover el desarrollo de infraestructura para la competitividad en las Zidres y las Entidades Territoriales en las que se establezcan dichas zonas.
- Promover la Responsabilidad Social Empresarial (RSE) y la Responsabilidad Ambiental Empresarial (RAE) de las personas jurídicas que desarrollen proyectos productivos en las Zidres.
- Priorizar aquellas iniciativas productivas destinadas a la producción de alimentos con destino a garantizar el derecho humano a la alimentación adecuada de los colombianos.
- La promoción del desarrollo regional a través del ordenamiento territorial, la modernización y especialización del aparato productivo, el Desarrollo Humano Sostenible, la agricultura dinámica y de contrato anticipado, la recuperación y regulación hídrica frente al cambio climático, en un marco de integración empresarial de la sociedad.
- La promoción y consolidación de la paz y la convivencia, mediante mecanismos encaminados a lograr la justicia social y el bienestar de la población dedicada a la actividad rural, procurando el equilibrio entre áreas urbanas y rurales, y de estas en relación con la región.
- La formulación, implementación y ejecución de proyectos agrícolas y pecuarios.
- Generación de valor agregado y transferencia de tecnologías mediante el procesamiento, comercialización e industrialización de todos sus productos, a partir de procesos asociativos empresariales.
- Constituir e implementar zonas francas agroindustriales como instrumento para la creación de empleo y para la captación de nuevas inversiones de capital, que promoverán la competitividad en las regiones donde se establezcan y el desarrollo de procesos industriales altamente rentables y competitivos, bajo los conceptos de seguridad, transparencia, tecnología, producción limpia y buenas prácticas empresariales. Las zonas francas agroindustriales contarán con bancos de maquinaria y equipos que serán utilizados en todo el territorio Zidres.
- La creación o fortalecimiento de parques de ciencia, tecnología e innovación, centros de investigación y desarrollo de la agricultura tropical y de investigación en biodiversidad y recursos naturales.
- Construcción de una oferta científico-tecnológica sustentada en la formación competitiva de la Población Económica Activa (PEA) del sector primario de la economía mediante el establecimiento de centros de formación de educación, inmersos en la zona rural, uniendo las TIC con la enseñanza, como actividad de aprendizaje de valores y de reingeniería para técnicos, tecnólogos y profesionales del campo.
- La construcción de modelos habitacionales en un marco de desarrollo humano, ecohábitat, energías renovables y sostenibilidad ambiental en lo rural.
- Desarrollar procesos de producción familiar y comunitaria para la sostenibilidad alimentaria y la generación de excedentes agropecuarios, mediante el establecimiento de unidades agrícolas integrales a partir de producción agrícola para la familia (soberanía alimentaria y ahorro), producción agrícola para la comunidad (generación de rentabilidad social) y plantaciones para procesos industriales (generación de capital).
- El manejo sostenible de los recursos naturales y una organización socioempresarial ligada a procesos técnicos eficientes, dirigida por expertos en el territorio.
Estructura Por la cual se crean y se desarrollan las zonas de Interés de desarrollo rural, económico y social, Zidres.
Artículo 3o. Componentes de los proyectos productivos
Artículo 4o. Sistema nacional de desarrollo rural para las zidres
Artículo 5o. Instancias de coordinación
Artículo 6o. Instrumentos para el fomento de proyectos productivos
Artículo 7o. De los incentivos y estímulos
Artículo 8o. De las garantías para los proyectos zidres
Artículo 10. Bienes muebles por anticipación
Artículo 11. Garantía de la plantación
Artículo 13. De bienes inmuebles de la nación
Artículo 14. De la retribución por el uso y goce de bienes inmuebles de la nación
Artículo 16. Indemnidad del campesino, mujer rural y/o del trabajador agrario
Artículo 18. Modernización tecnológica
Artículo 19. Parques científicos, tecnológicos y de innovación pcti
Artículo 20. Aprobación de zidres
Artículo 21. Identificación de las zidres
Artículo 23. Garantía de cumplimiento para la implementación de proyectos productivos en zidres
Artículo 24. Asociaciones público-privadas
Artículo 25. Predios en proceso de restitución de tierras
Artículo 26. Predios con sentencia de restitución en firme
Artículo 27. Zonas afectadas por declaración de desplazamiento forzado
Artículo 28. Predios afectados por medidas de protección contra el desplazamiento forzado
Artículo 29. Restricciones a la constitución de las zidres