La entrega de los bienes inmuebles de la nación, bajo concesión, arrendamiento o cualquier otra modalidad contractual no traslaticia de dominio, dará lugar al pago de una contraprestación dineraria, que será reglamentada por el Gobierno nacional, atendiendo las variables relacionadas con el área del terreno y los volúmenes de producción, sin perjuicio de que estos bienes se integren solo para efectos de producción con los predios de propiedad privada de los ejecutores del proyecto, al igual que con los predios cuyo dominio estén en cabeza de pequeños y medianos productores.
El valor de la contraprestación recibida por el Estado, a cambio de la entrega de los inmuebles de la nación, será destinada al Fondo de Desarrollo Rural, Económico e Inversión.
PARÁGRAFO, También para la explotación de los bienes inmuebles de la nación se podrá hacer uso de las alianzas público-privadas, para el desarrollo de infraestructura pública y sus servicios asociados, en beneficio de la respectiva zona, y de conformidad con la Ley 1508 de 2012, o la que haga sus veces.
Estructura Por la cual se crean y se desarrollan las zonas de Interés de desarrollo rural, económico y social, Zidres.
Artículo 3o. Componentes de los proyectos productivos
Artículo 4o. Sistema nacional de desarrollo rural para las zidres
Artículo 5o. Instancias de coordinación
Artículo 6o. Instrumentos para el fomento de proyectos productivos
Artículo 7o. De los incentivos y estímulos
Artículo 8o. De las garantías para los proyectos zidres
Artículo 10. Bienes muebles por anticipación
Artículo 11. Garantía de la plantación
Artículo 13. De bienes inmuebles de la nación
Artículo 14. De la retribución por el uso y goce de bienes inmuebles de la nación
Artículo 16. Indemnidad del campesino, mujer rural y/o del trabajador agrario
Artículo 18. Modernización tecnológica
Artículo 19. Parques científicos, tecnológicos y de innovación pcti
Artículo 20. Aprobación de zidres
Artículo 21. Identificación de las zidres
Artículo 23. Garantía de cumplimiento para la implementación de proyectos productivos en zidres
Artículo 24. Asociaciones público-privadas
Artículo 25. Predios en proceso de restitución de tierras
Artículo 26. Predios con sentencia de restitución en firme
Artículo 27. Zonas afectadas por declaración de desplazamiento forzado
Artículo 28. Predios afectados por medidas de protección contra el desplazamiento forzado
Artículo 29. Restricciones a la constitución de las zidres