El patrimonio y los recursos del Instituto Nacional de Cancerología estará conformado por:
a) Los bienes muebles, enseres, equipos de laboratorio e instalaciones inmobiliarias y de infraestructura que son de su propiedad o que tiene o posee actualmente a cualquier título el Instituto Nacional de Cancerología - Empresa Social del Estado.
b) Los aportes que la Nación le haga a través del Presupuesto General de la Nación.
c) Los ingresos que obtenga por concepto del desarrollo de su objeto.
d) Los bienes, derechos y recursos que la Nación y las entidades descentralizadas territorialmente o por servicios, de cualquier orden, le transfieran a cualquier título.
e) Los recursos que reciba del ente o entes que se hayan establecido con el objeto de apoyar o realizar aportes a los programas del Instituto Nacional de Cancerología.
f) El producto de las donaciones, legados, asignaciones, aportes en especie o en industria y subvenciones que reciba el Instituto de entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales y de personas naturales.
g) Los recursos del Fondo especial para la investigación, Desarrollo e Innovación en Cáncer.
h) Los recursos de cooperación nacional o internacional.
i) Los provenientes de las actividades del Instituto que se hagan con base en los derechos adquiridos legalmente en materia de propiedad intelectual.
j) Los demás bienes o recursos que el Instituto Nacional de Cancerología, posea, adquiera o reciba a cualquier título.
Estructura Ley 2291 de 2023
Artículo 4o. Funciones y competencias
Artículo 6o. órganos de dirección
Artículo 7o. Funciones del consejo directivo
Artículo 8o. Nombramiento y calidades del director general
Artículo 9o. Funciones del director general
Artículo 10. Patrimonio y recursos del instituto
Artículo 11. Fondo especial para la investigación, desarrollo y la innovación en Cáncer
Artículo 13. Régimen jurídico y administrativo
Artículo 15. Régimen de contratación
Artículo 16. Sistema de control interno
Artículo 17. Régimen presupuestal y tributario