Ley 2287 de 2023

Título I

Capítulo I

Artículo 1o. Objeto - Crear el Sistema Nacional de Biobancos, regular la constitución, organización...

Artículo 2o. Definiciones - Para efectos de la presente ley se tendrán en cuenta...

Artículo 3o. Principios generales y garantías - La realización de cualquier actividad del biobanco con fines de...

Artículo 4o. ámbito de aplicación - Las disposiciones de esta ley serán de aplicación a: 1....

Artículo 5o. Derechos de los sujetos fuente o donantes - Sin perjuicio de los derechos reconocidos por otras normas, son...

Capítulo II

Artículo 6o - Adiciónese los siguientes numerales <sic> al artículo 5 de la...

Artículo 7o. Requisitos para la constitución de los biobancos - Las solicitudes para la constitución deben elevarse ante el Sistema...

Artículo 8o. Organización de los biobancos - El Ministerio de Salud y Protección Social, en coordinación con...

Título II

Capítulo I

Artículo 9o. Obtención de muestras - Las muestras biológicas que vayan a ser destinadas a investigación...

Artículo 10. Consentimiento informado - Para la obtención de muestras biológicas y/o información asociada debe...

Artículo 11. Consentimiento informado, de acuerdo al tipo de obtención de muestras e información asociada con fines de investigación biomédica, biotecnológica y epidemiológica - Los consentimientos están directamente relacionados con las facultades que esta...

Artículo 12. Revocatoria del consentimiento informado - Debe tenerse en cuenta que el sujeto fuente o donante...

Artículo 13. Gratuidad de la muestra y la información asociada - La cesión de la muestra implica la renuncia, por parte...

Artículo 14. Prioridad de la condición Médica del sujeto fuente - Cuando las muestras sean tomadas en el contexto de un...

Artículo 15. Contenido del consentimiento informado para la obtención de muestras biológicas con fines de investigación - Los consentimientos para la donación de muestras biológicas con fines...

Capítulo II

Artículo 16. Almacenamiento y procesamiento de muestras biológicas - El biobanco debe garantizar que las condiciones de almacenamiento y...

Artículo 17. Tratamiento de la información CLínica, biológica y genética - Los biobancos tomarán las medidas necesarias para garantizar la seguridad...

Artículo 18. Sobre la propiedad intelectual derivada de investigaciones realizadas con muestras de un biobanco - Se podrán configurar derechos de propiedad intelectual e industrial sobre...

Artículo 19. Cesión y destino final de muestras biológicas - La cesión de las muestras y datos asociados es una...

Artículo 20. Cesión de muestras biológicas a investigadores o biobancos públicos o privados internacionales - El biobanco puede ceder muestras al exterior, para lo cual...

Artículo 21. Publicación - Los biobancos tienen la obligación de hacer pública la información...

Capítulo III

Artículo 22. Colecciones de muestras por fuera del ámbito de un biobanco - Personas jurídicas o naturales del área de las ciencias biomédicas...

Artículo 23. Proyectos de investigación concretos - La obtención de las muestras e información asociada para un...

Artículo 24. Responsables legales - El responsable legal de las colecciones biomédicas por fuera del...

Capítulo IV

Artículo 25. Obtención y consentimiento informado de las muestras biológicas e información asociada de menores de edad, mujeres embarazadas o en período de lactancia - Para los menores de edad, su representante legal tendrá la...

Artículo 26. Obtención y consentimiento informado de las muestras biológicas e información asociada de personas que no tengan capacidad para expresar su consentimiento - La obtención de muestras biológicas con fines de investigación de...

Artículo 27. Obtención y consentimiento informado de muestras biológicas e información asociada de extranjeros - Los donantes extranjeros de muestras biológicas e información asociada, con...

Artículo 28. Obtención y utilización de muestras biológicas e información asociada de personas fallecidas - El biobanco, las colecciones biomédicas por fuera del ámbito de...

Título III

Capítulo I

Artículo 29. Sistema nacional de biobancos - Créese el Sistema Nacional de Biobancos, el cual pertenece al...

Artículo 30. Conformación - El Sistema Nacional de Biobancos estará constituido por el Ministerio...

Artículo 31. Funciones - El Sistema Nacional de Biobancos tendrá las siguientes funciones: 1....

Artículo 32. Financiamiento - El Ministerio de Hacienda y Crédito Público destinará los recursos...

Capítulo II

Artículo 33. Red nacional de biobancos - El Instituto Nacional de Salud (INS), como coordinador nacional del...

Artículo 34. Dirección de los biobancos - Todos los biobancos que se registren en el territorio nacional...

Título IV

Artículo 35. Autoridades de inspección, vigilancia y control - La inspección, vigilancia y control de los biobancos y las...

Artículo 36. Sanciones a los biobancos - El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima),...

Artículo 37 - Modifíquese el inciso primero del artículo 2o. de la Ley...

Artículo 38. De las colecciones de muestras biológicas y relacionadas con la salud humana existentes con anterioridad a esta ley - A excepción de las colecciones forenses del Instituto Nacional de...

Artículo 39 - El Ministerio de Salud y Protección Social reglamentará la presente...

Artículo 40. Vigencia y derogatorias - La presente ley deroga las normas que le sean contrarias...