El Gobierno nacional proyectará y garantizará los recursos para la implementación de Sacúdete de acuerdo con el Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Marco de Gasto de Mediano Plazo. La proyección de recursos se hará sobre la base de las metas de cobertura y gestión que se definan en el marco de la Comisión Intersectorial para la Juventud Sacúdete. Por su parte, las entidades del orden nacional y territorial incluirán en su proceso anual de planeación y programación presupuestal, los recursos destinados para su implementación y ejecución.
Para el desarrollo e implementación de esta política pública, se podrán destinar recursos de las entidades públicas del orden nacional y territorial en el marco de su autonomía, de organismos multilaterales, de convenios de cooperación internacional y de convenios con organizaciones privadas.
Estructura Ley 2231 de 2022
Artículo 2o. ámbito de aplicación de sacúdete
Artículo 3o. Enfoque de la política pública sacúdete
Artículo 4o. Fases de sacúdete
Artículo 5o. Principios de sacúdete
Artículo 6o. Comisión intersectorial para la juventud sacúdete
Artículo 7o. Funciones de la comisión intersectorial para la juventud sacúdete
Artículo 8o. Articulación de la política pública sacúdete
Artículo 9o. Implementación de la política pública sacúdete
Artículo 10. Gestión intersectorial para la implementación de sacúdete
Artículo 11. Alianzas para la implementación de sacúdete
Artículo 12. Seguimiento y evaluación de sacúdete