Serán beneficiarios de los mecanismos de estabilización de precios establecidos en el marco de la presente ley los productores de panela debidamente registrados en el Sistema de Información panelero. El administrador del fondo garantizará el registro de todos los productores de panela en el SIPA.
PARÁGRAFO. Las transacciones de panela entre comercializadores o intermediarios no serán objeto de ningún mecanismo de estabilización por parte del Fondo de Estabilización de Precios de la Panela.
Estructura Ley 2227 de 2022
Artículo 1o. Fondo de estabilización de precios de la panela
Artículo 3o. Naturaleza jurídica
Artículo 6o. Competencias del comité directivo
Artículo 7o. Producto sujeto de estabilización
Artículo 9o. Precios objeto de estabilización
Artículo 10. Cantidad de producto que podrá ser objeto de los mecanismos de estabilización
Artículo 11. Garantía de funcionamiento del fondo