Con el fin de que los productos y servicios a los que se refiere la presente ley puedan ser prestados de manera eficiente y a bajo costo, el Gobierno nacional propenderá porque se permita la utilización de canales que aprovechen la tecnología disponible para la prestación de los mismos, en todo caso manteniendo adecuados parámetros de seguridad y operatividad.
Estructura Ley 1735 de 2014
Artículo 1o. Sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos
Artículo 2o. Depósitos de las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos
Artículo 3o. Capital Mínimo de las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos
Artículo 6o. Contribuciones a la superintendencia financiera de colombia
Artículo 7o. Consulta de datos de identificación de la registraduría nacional del estado civil
Artículo 9o. Programa de educación económica y financiera
Artículo 10. Reglamentación de la presente ley