De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o de la Ley 7ª de 1944, el “Acuerdo entre la República de Colombia y la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas sobre Privilegios e Inmunidades de la OPAQ”, hecho en La Haya el 12 de septiembre de 2006, que por el artículo 1o de esta ley se aprueba, obligará al País a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto de la misma.
Estructura Ley 1605 de 2012
Artículo 2o. Personalidad jurídica
Artículo 3o. Privilegios e inmunidades de la opaq
Artículo 4o. Facilidades e inmunidades en materia de comunicaciones y publicaciones
Artículo 5o. Representantes de los estados partes
Artículo 6o. Funcionarios de la opaq
Artículo 8o. Abuso de los privilegios
Artículo 9o. Documentos de viaje y visados
Artículo 10. Solución de controversias