en La Habana, el catorce (14) de enero de mil novecientos noventa y nueve (1999).
Artículo VI. Autoridades centrales

Las Partes designan como Autoridades Centrales encargadas de ejercer las funciones previstas en este Tratado, al Ministerio de Justicia y del Derecho por parte de la República de Colombia, y al Ministerio de Justicia por parte de la República de Cuba.