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Propiedad Intelectual, 23 julio 2023, pregunta №246 750$

¿Cómo puedo proteger mis derechos de propiedad intelectual como Ingeniero de Minas en Colombia?

Soy Bennett, un Ingeniero de Minas de 48 años que vive en Buenavista, Colombia. Recientemente he desarrollado una innovadora técnica de extracción minera que considero ser una invención única y valiosa. Me preocupa que otros puedan utilizar mi método sin mi consentimiento o reconocimiento. Me gustaría saber cómo puedo proteger mis derechos de propiedad intelectual en Colombia como ingeniero de minas. ¿Cuáles son los pasos legales que debo seguir? ¿Qué leyes de propiedad intelectual se aplican a mi situación? Además, me gustaría comprender cómo puedo obtener una patente para proteger mi invento y qué derechos otorga. Si mi asunto es urgente o requiere atención inmediata, también apreciaría cualquier información sobre plazos o recursos para acelerar el proceso.

Respuestas de los abogados (2)

    Romero  Leonardo Julio Villalba
    66.7%
    Romero Leonardo Julio Villalba hace un año

    Abogado, с. Barranquilla, 2 años experiencia

    Общаться в чате

    Primero debes inscribir la invención en el Registro Nacional de Derechos de Autor del Ministerio del Interior y Justicia con la finalidad de contar con un medio de prueba de la titularidad de la invención y de los derechos adquiridos por esta

    En principio como creador de esta invención eres titular de todos los beneficios que otorgue esta creación.

    Colombia ha suscrito numerosos convenios internacionales sobre derechos de autor y derechos conexos, esto protege tu invento fruto de tu intelecto en nuestro país e internacionalmente en cualquiera de los países miembros de estos convenios.

    Entre estos tratados resaltamos dos:

    Tratado OMPI sobre derechos de autor , suscrito en Ginebra en 1996.

    Convención interamericana sobre derechos de autor en obras literarias, científicas y Artísticas firmado en Washington en 1946.

    Cabe resaltar que si un tercero está reproduciendo , creando copias u obteniendo beneficios producto de una creación inédita sea de carácter literario, científico , artístico, entre otros, sin la autorización directa de su creador o titular de los derechos de autor, estará incurso en el delito de Violación a los derechos morales o patrimoniales de autor tipificado los artículos 271 y 272 de nuestro Código Penal .

    Angarita Irma
    33.3%

    Buen día, Sr Benett, para lograr protección legal, puede hacer el registro ante la SIC


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