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Soy docente escalafonada en 2D (régimen 1278 ) en ET Magdalena. Concursé para ingreso como coordinadora en ET Ciénaga. Durante el periodo de prueba (PP) obtuve Título de Maestría, solicité reasignación salarial a la 2DM pero no me lo aceptaron por estar en PP. Es preciso mencionar que tengo derecho a la reasignación salarial sin necesidad de ningún concurso. En ese año también hubo concurso de ascenso pero no pude participar por estar en PP. Es preciso mencionar que de ganar concurso de ascenso me deberían reubicar de la 2D a la 3DM, pues deben respetar la letra.
Superé el periodo de prueba con calificación sobresaliente, y al ascenderme en el escalafón me han ubicado en la 3BM, cuyo salario es inferior al 2DM. Es preciso mencionar que pasar de la 2D a la 2DM no requiere concurso y se denomina reasignación salarial.
Instalé derecho de reposición argumentando que esto me desmejora, ya que al ubicarme en un salario inferior al que tenía derecho sin necesidad de concursar, no se premia el haber ganado un concurso, sino que lo castiga. Sin embargo la ET hace una interpretación ultracorrecta de la norma (dec 915 de 2016) perjudicándome irremediablemente, pues al NO haberme notificado de este escalafón perjudicial antes de haber renunciado a mi anterior empleo, ya no puedo regresar a él, y además de un salario inferior al que habría alcanzado allá, al reasignarme a la 2DM, no sólo tendría un mejor salario, sino que quedaría a un sólo concurso de ascender a la 3DM, mientras que desde la 3BM deberé concursar dos veces, y eso puede significar varios años.
Aspiro solicitar que me asciendan a la 3CM, o en su defecto me permitan renunciar al ascenso y me reubiquen en la 2DM, o me permitan renunciar y regresar a mi anterior empleo, donde me reasignarán en la 2DM. Consultado en PQR al MEN parece decirme que tengo razón pero que esto lo debe decidir la ET, y tras poner un PQR la CNSC me responde que esto depende de la ET, por lo que me siento ahogada y desesperada.
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Respuestas de los abogados (2)
Abogado, с. Cali
Общаться в чатеHe analizado tu caso y hay varios puntos clave que respaldan tu derecho a una mejor ubicación salarial. La Entidad Territorial (ET) aplicó una interpretación restrictiva del Decreto 915 de 2016, lo que ha generado un perjuicio en tu carrera docente.
Puntos centrales:- Derecho a la reasignación salarial a 2DM:
- La reasignación de 2D a 2DM no requiere concurso, por lo que su negación por estar en período de prueba (PP) es discutible.
- Esta negativa te impidió obtener un beneficio al que tenías derecho sin necesidad de concursar.
- Ubicación en 3BM en lugar de 3DM:
- La asignación en 3BM representa un salario inferior al que habrías obtenido en 2DM.
- Esto te obliga a concursar dos veces para llegar a 3DM, cuando en 2DM solo necesitarías un concurso.
- No fuiste notificada previamente de esta situación antes de renunciar a tu empleo anterior, lo que te dejó sin opción de elegir.
- Respuestas del MEN y la CNSC:
- Ambos organismos indican que la decisión depende de la ET, lo que significa que hay discrecionalidad en la interpretación y aplicación de la norma.
Posibles acciones:Te recomiendo interponer la tutela de inmediato para evitar mayores perjuicios.
Abogado, с. Cali
Общаться в чатеHe analizado tu caso y hay varios puntos clave que respaldan tu derecho a una mejor ubicación salarial. La Entidad Territorial (ET) aplicó una interpretación restrictiva del Decreto 915 de 2016, lo que ha generado un perjuicio en tu carrera docente.
Puntos centrales:- Derecho a la reasignación salarial a 2DM:
- La reasignación de 2D a 2DM no requiere concurso, por lo que su negación por estar en período de prueba (PP) es discutible.
- Esta negativa te impidió obtener un beneficio al que tenías derecho sin necesidad de concursar.
- Ubicación en 3BM en lugar de 3DM:
- La asignación en 3BM representa un salario inferior al que habrías obtenido en 2DM.
- Esto te obliga a concursar dos veces para llegar a 3DM, cuando en 2DM solo necesitarías un concurso.
- No fuiste notificada previamente de esta situación antes de renunciar a tu empleo anterior, lo que te dejó sin opción de elegir.
- Respuestas del MEN y la CNSC:
- Ambos organismos indican que la decisión depende de la ET, lo que significa que hay discrecionalidad en la interpretación y aplicación de la norma.
Posibles acciones:Te recomiendo interponer la tutela de inmediato para evitar mayores perjuicios.