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El empleador me puede descontar de mi liquidación, algún daño que se haya causado por alguna accidente o descuido?
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Abogado, с. Bogotá
Общаться в чатеBuenas tardes,
En Colombia, los descuentos que un empleador puede realizar de la liquidación de un trabajador están estrictamente regulados por la ley, específicamente en el Código Sustantivo del Trabajo. Según el Artículo 149 de este código, se prohíbe a los empleadores realizar deducciones, retenciones o compensaciones del salario, salvo en los casos expresamente permitidos por la ley o autorizados por el trabajador.
En el caso de daños ocasionados por accidentes o descuidos, se deben considerar varios aspectos:
En conclusión, el empleador no puede descontar arbitrariamente el costo de un daño de la liquidación. Si crees que tu empleador actuó de manera irregular, puedes presentar una queja ante el Ministerio de Trabajo o iniciar un proceso ante un juez laboral para reclamar tus derechos.
¡Atención! La consulta fue proporcionada no por un abogado, sino por una inteligencia artificial.