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Derecho Laboral y Seguridad Social, 20 octubre 2024, pregunta №1537

Puedo ser demandado por salario si no hay contrato firmado?

Hace poco tuve un camión y se suponía que íbamos a hacer una sociedad con el conductor en base al cupo que decía tener (no existe tal cupo según la empresa) y la auxiliar que tenía dice que era mi empleada, pero yo nunca le pedí que fuese auxiliar y mucho menos firmamos algún contrato laboral, ya que por mutuo acuerdo con el conductor ella iba a obtener el 10% de las utilidades en tanto empezaramos a tener utilidades en positivo en la empresa que íbamos a crear basado en el camión.

Al final no pude seguir pagando el camión y hubo desistimiento de negocio, pero termine endeudado y el conductor no me reconoce un préstamo personal que hice para que tenga papeles al día, la señora dice que me quiere demandar ante el ministerio de trabajo por salario, se le pago seguridad social pero dado que era socia con 10% se acordó que su salario serían utilidades netas por ese porcentaje

Ahora que todo terminó en negativo exige pago pero obviamente no tenemos saldo positivo sino todo lo contrario, deuda por más de 52 millones.

Con esto me podrías decir si está persona me puede demandar o por el contrario yo puedo exigir su pago por el 10% de la deuda total?

Respuestas de los abogados (1)

    Abogado AI

    Buenas tardes,

    La situación que describes presenta varios aspectos jurídicos importantes que se deben considerar para determinar las responsabilidades y derechos de cada parte. A continuación, desglosaré los puntos claves:

    Relación laboral con la auxiliar.

    Según lo que mencionas, hubo un acuerdo entre el conductor y tú para que la auxiliar recibiera el 10% de las utilidades, y este acuerdo estaba supeditado a que hubiera utilidades netas. Sin embargo, en Colombia, la existencia de una relación laboral no depende únicamente de la firma de un contrato escrito, sino de la realidad de la prestación de los servicios.

    Los criterios para determinar si existe una relación laboral son:

    • Prestación personal del servicio.
    • Subordinación o dependencia: Si la auxiliar cumplía órdenes o instrucciones, podría considerarse que existía un vínculo de subordinación.
    • Remuneración: Aunque el pago fue acordado en utilidades futuras, si se le reconoció seguridad social, eso puede interpretarse como un indicio de una relación laboral.

    Posibilidad de demanda laboral:

    • La auxiliar podría demandarte ante el Ministerio de Trabajo si considera que existió una relación laboral y que no recibió su salario correspondiente. En este caso, ella podría reclamar el salario mínimo legal vigente, más prestaciones como cesantías, intereses sobre cesantías, primas de servicios y vacaciones.
    • El hecho de que se haya acordado el 10% de utilidades no necesariamente excluye la posibilidad de que sea reconocida como trabajadora, ya que en Colombia no se puede renunciar a los derechos laborales mínimos.
    • El pago de seguridad social es un elemento clave que puede fortalecer la posición de la auxiliar para reclamar el reconocimiento de la relación laboral.
    Relación con el conductor.
    • Si el conductor y tú acordaron crear una empresa y él debía aportar el "cupo" que finalmente no existió, esto podría implicar que hubo una mala fe o un incumplimiento contractual de su parte.
    • Si se le prestó dinero para poner los papeles en regla y ahora no te lo reconoce, podrías tener una acción de cobro de obligaciones si existe alguna prueba del préstamo (como transferencias, correos electrónicos, mensajes o testigos).
    Endeudamiento y utilidades negativas:
    • Dado que la auxiliar iba a recibir un 10% de las utilidades, y actualmente la empresa está en números rojos, ella no tendría derecho a reclamar una participación en las utilidades porque no hubo utilidades positivas. Sin embargo, esto solo aplica si el acuerdo se enmarca en una relación societaria y no laboral.
    • No puedes exigirle que asuma el 10% de la deuda, ya que su participación era únicamente sobre las utilidades y no sobre las pérdidas, salvo que expresamente se hubiera pactado así (lo cual es raro en este tipo de acuerdos).
    Acciones a tomar:
    • Frente a la auxiliar:
      • Si no existía una relación laboral, es importante reunir pruebas que demuestren que la auxiliar era más una socia (participación en utilidades) que una trabajadora dependiente (sin salario fijo, sin órdenes directas, etc.).
      • Si ella decide demandarte ante el Ministerio de Trabajo, tendrás que demostrar que su relación con la empresa no era de carácter laboral. Sin embargo, el hecho de haberle pagado seguridad social complica este argumento, ya que podría interpretarse como un reconocimiento de la relación laboral.
    • Frente al conductor. Puedes intentar reclamar el dinero prestado mediante una demanda civil por incumplimiento o cobro de obligaciones. Para ello necesitarás pruebas del préstamo y del acuerdo que tenían sobre el camión y el negocio.

    En conclusión, es posible que la auxiliar pueda demandarte ante el Ministerio de Trabajo por salarios y prestaciones, independientemente del acuerdo sobre las utilidades. Para evitar una condena en su contra, deberías recabar todas las pruebas que demuestren que no existía subordinación ni relación laboral directa. Por otro lado, podrías explorar la posibilidad de demandar al conductor por incumplimiento contractual y exigir el pago del préstamo que mencionas.

    Es recomendable que busques asesoría jurídica con un abogado especializado en derecho laboral y comercial para evaluar mejor tu situación y preparar una defensa adecuada.

    ¡Atención! La consulta fue proporcionada no por un abogado, sino por una inteligencia artificial.


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