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Me suspendió la empresa donde trabajo por una novedad. Soy guarda de seguridad y la empresa me suspendió 3 días a partir de mañana donde entran mis 2 días de descanso. Y adicional la empresa me programo el día de mañana una reunión con el cliente para el cual trabajamos.
Tengo 2 preguntas
1. La empresa puede suspenderme en mis días de descanso, es legal? Igual me descuentan los 3 días?
2. Tengo que asistir obligatoriamente a la reunión que programo la empresa en el día que estoy suspendido?
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Respuestas de los abogados (1)
Abogado, с. Bogotá, 7 años experiencia
Общаться в чатеBuen dia señor Ronald.
En atencion a su primera pregunta, es preciso indicarle que la Empresa puede ejercer la potestad disciplinaria y lo podra sancionar, pero en el marco de un proceso disciplinario laboral y cumpliendo un debido proceso, para que usted ejerza su derecho de defensa y contradiccion. (Articulo 29 Constitucion Politica); sin embargo si usted se encuentra en periodo de vacaciones o descanso dentro de ese periodo no puede ser sancionado; pero si su sancion comenzo un dia viernes, si se cuenta sabado y domingo y eventualmente le descontarian los 3 dias de trabajo, ya que en Derecho Laboral se liquida sobre los 30 dias del mes, mas no por dias laborados.
En atencion a su segunda consulta, no esta en la obligacion de asistir a la reunion que le programo la Empresa ya que como usted lo informa se encuentra suspendido.
Para una asesoria juridica mas integra se puede poner en contacto conmigo y darle una solucion juridica a su caso.