Ley 2286 de 2023

Artículo 1o. Objeto - La presente ley tiene por objeto dotar al Distrito Especial...

Artículo 2o. Medellín, distrito especial de ciencia, tecnología e innovación - De conformidad con lo dispuesto en el Acto Legislativo número...

Título

Artículo 3o. Régimen aplicable - El Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín...

Artículo 4o. División político-administrativa y jurisdicción distrital - El Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín...

Artículo 5o. Autoridades del distrito - La administración del Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación...

Artículo 6o. Autoridad ambiental y de transporte - Se conservarán los esquemas actuales de programación y coordinación de...

Título II

Artículo 7o. Facultades para el desarrollo del distrito especial - El Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín...

Título III

Capítulo I

Artículo 8o. Funciones generales - Además de las atribuciones, funciones, materias, competencias y composición contempladas...

Artículo 9o. Atribuciones especiales en ciencia, tecnología e innovación del concejo distrital - Además de las funciones asignadas en la Constitución y la...

Capítulo II

Artículo 10. Funciones generales - El Alcalde Distrital es el Jefe del Gobierno y de...

Artículo 11. Atribuciones especiales del alcalde distrital en materia de ciencia, tecnología e innovación - Además de las funciones asignadas en la Constitución, la ley...

Capítulo III

Artículo 12. Organismo asesor del sistema de ciencia, tecnología e innovación distrital - Créese el Organismo Asesor del Sistema de Ciencia, Tecnología e...

Artículo 13. Composición del organismo asesor del sistema de ciencia, tecnología e innovación distrital - El Organismo Asesor del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación...

Artículo 14. Funciones - Las funciones del Organismo Asesor del Sistema de Ciencia, Tecnología...

Artículo 15. Secretaría técnica - El Organismo Asesor del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación...

Artículo 16. Funciones - Son funciones de la Secretaría Técnica, entre otras que designe...

Artículo 17. Entidades que sirven de organismos ejecutores del plan de acción del sistema - El Plan de Acción del Sistema de Ciencia, Tecnología e...

Título IV

Artículo 18. Distrito inteligente - El Distrito podrá definir los parámetros y metodología que le...

Artículo 19. Programas - El Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín...

Artículo 20. Políticas públicas - El Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín,...

Artículo 21. Articulación con el sistema educativo - El Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín,...

Artículo 22. Estímulos tributarios - El Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín...

Artículo 23. Zonas de tratamiento especial - El Concejo Distrital, a iniciativa del Alcalde Distrital, podrá definir...

Título V

Artículo 24. Fondo distrital para la financiación del sistema de ciencia, tecnología e innovación - El Concejo Distrital de Medellín, a iniciativa del Alcalde Distrital,...

Artículo 25. Conpes - El Gobierno nacional en un término de doce (12) meses...

Artículo 26. Financiación - entidades de naturaleza pública. La Administración Distrital previo concepto favorable...

Artículo 27. Compra pública innovadora - La Administración Distrital deberá crear una política y mecanismos de...

Artículo 28. Fuentes alternativas de financiación del distrito especial de ciencia, tecnología e innovación de medellín - Además de lo expuesto en los artículos anteriores, el Distrito...

Artículo 29. Estampilla pro-innovación - Autorícese al Concejo Distrital, para la creación de la Estampilla...

Artículo 30. Recursos de cooperación internacional - Autorícese a la Administración Distrital de Medellín el acceso directo...

Artículo 31 - Las competencias asignadas para las entidades territoriales con ocasión de...

Título VI

Artículo 32. Extensión de beneficios a los municipios del área metropolitana del valle de aburrá - Los beneficios y las facultades establecidas en la presente ley...

Artículo 33. Régimen de transición y ajustes administrativos - El Alcalde Distrital formulará y adoptará por decreto distrital en...

Artículo 34. Vigencia - La presente ley rige a partir de su publicación.