Ley 2144 de 2021
Artículo 12. Portal web del sello gastronómico colombiano

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo dará especial importancia en los portales web la difusión y promoción de la gastronomía tradicional colombiana y establecimientos comerciales que lo ofrecen. En ella se señalará la región y el departamento al cual pertenecen la preparación, su descripción y la ruta turística.

PARÁGRAFO. Las Entidades Territoriales en su página web promocionarán la ruta turística de la cocina tradicional de su región.