a) Grupo Técnico de Cooperación
Como consecuencia de tres cumbres presidenciales realizadas en Lima, Perú el 28 de abril de 2011, en Mérida, México el 4 de diciembre de 2011, en Paranal, Antofagasta, Chile, el 6 de junio de 2012, así como una cumbre virtual el 5 de marzo de 2012, las cuales han estado precedidas por rondas de reuniones del Grupo de Alto Nivel, instancia temporal conformada por los Viceministros de Relaciones Exteriores y de Comercio Exterior de los países miembros, así como de los equipos técnicos de las áreas de integración, se determinó priorizar:
-- Movimiento de personas de negocios y facilitación para el tránsito migratorio;
-- Comercio e integración, incluyendo facilitación de comercio y cooperación aduanera;
-- Servicios y capitales, incluyendo la posibilidad de integrar las bolsas de valores; y,
-- Cooperación.
La cooperación es un tema transversal que ha estado presente desde el inicio del mecanismo, y posteriormente se asignó como área prioritaria a un grupo técnico.
-- El 4 de diciembre de 2011, se suscribió el “Memorando de Entendimiento entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, el Gobierno de la República de Colombia, el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Perú sobre la Plataforma de Cooperación del Pacífico”, con el objetivo de impulsar la cooperación entre los países miembros y con terceros.
-- Las áreas que contempla son: medio ambiente y cambio climático, innovación, ciencia y tecnología, micro, pequeñas y medianas empresas y desarrollo social. En este documento se establece que los puntos focales de cada país conformarán el Grupo Técnico de Cooperación (GTC).
b) Fondo de Cooperación de la Alianza del Pacífico
En desarrollo de las relaciones de cooperación que existen entre los Estados y con la voluntad de implementar mecanismos que permitan la ejecución de iniciativas en beneficio mutuo de los países de la Alianza del Pacífico dentro de este Grupo (GTC), se propuso la creación de un Fondo de Cooperación como mecanismo que facilite, dinamice y permita la financiación de acciones de cooperación en el marco de la Alianza del Pacífico.
Al interior del Grupo Técnico de Cooperación se han puesto en marcha algunas iniciativas tales como: el proyecto “Sinergia entre los países de la Alianza del Pacífico para el mejoramiento de la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas”; la “Red de Investigación Científica en materia de Cambio Climático”; y, la “Plataforma de Movilidad Estudiantil y Académica”. Estas iniciativas y otras que se han propuesto en este marco, evidenciaron la necesidad de contar con un mecanismo que permita financiar e impulsar las acciones en las áreas temáticas priorizadas.
El 22 de mayo de 2013, en Cali, los cancilleres de los cuatro países suscribieron el “Acuerdo para el Establecimiento del Fondo de Cooperación de la Alianza del Pacífico”.
Este instrumento vinculante obedece a la necesidad de proveer el marco jurídico para la creación de un fondo con recursos de los cuatro países y que permita la ejecución de los mismos en proyectos conjuntos.
El acuerdo que establece el Fondo de Cooperación es un instrumento que permitirá institucionalizar el financiamiento de las actividades de cooperación que se adelanten al interior de la Alianza del Pacífico.
La creación del Fondo de Cooperación de la Alianza del Pacífico, constituye un paso significativo por garantizar la implementación de futuras iniciativas, ya que permitirá la financiación de acciones de cooperación en áreas como: Medio Ambiente y Cambio Climático; Innovación, Ciencia y Tecnología; Micro, Pequeñas y Medianas Empresas; Desarrollo Social; y, Movilidad Estudiantil y Académica, entre otros.
En ese sentido, el mencionado fondo permitirá impulsar una agenda activa y dinámica de cooperación técnica al interior de la Alianza del Pacífico, que incluye, la promoción y desarrollo de iniciativas, planes, programas y proyectos; intercambios de información y buenas prácticas; asistencia técnica; conformación de redes; realización de estudios y diagnósticos conjuntos; entre otras modalidades.
El Fondo, que contará con aportes de Chile, Colombia, México y Perú, evidencia el espíritu de integración integral que caracteriza a la Alianza del Pacífico, y el deseo por trabajar conjuntamente en acciones que redunden en beneficio común de los cuatro países.
Estructura Ley 1749 de 2015
Acuerdo para el establecimiento del fondo de cooperación de la alianza del pacífico
Artículo II. Conformación del fondo
Artículo III. Destino específico del fondo
Artículo IV. áreas y modalidades de cooperación
Artículo V. Administración del fondo
Artículo VI. Solución de controversias
Artículo VIII. Entrada en vigor
II. La cooperación en la alianza del pacífico
III. “acuerdo para el establecimiento del fondo de cooperación de la alianza del pacífico”