El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, incorporará dentro de una ruta turística ya establecida, o creará una nueva conforme a criterio especializado, una línea ecoturística llamada de la Peregrinación por la Memoria de Armero, definiendo las estrategias de marketing y publicidad, además de la planificación de actividades y la gestión de flujos.
Esta línea ecoturística debe tener en cuenta el Parque Nacional Temático Jardín de la Vida, el Museo Centro de la Memoria Histórica, el Parque Infantil Omaira Sánchez, además de los senderos ecológicos, la variada vegetación y pisos térmicos, los ríos Lagunilla, Sabandija y Cuamo, el Serpentario, las zonas cafeteras, ganaderas, arroceras y algodoneras, las cascadas de San Felipe, el Tivoli, la represa El Zirpe del municipio de Armero, Guayabal.
Estructura Ley 1632 de 2013
Artículo 8o. Principio del desarrollo sostenible
Artículo 9o. Principio de publicidad
Artículo 10. Colaboración armónica de las entidades del estado
Artículo 13. De la participación
Artículo 15. Día nacional de la memoria y la solidaridad
Artículo 16. Alinderamiento del casco urbano de la desaparecida ciudad de armero
Artículo 17. Registro único de propietarios urbanos
Artículo 19. Principios de la restitución jurídica y de la nacionalización de los terrenos
Artículo 21. Parque nacional temático jardín de la vida
Artículo 25. Museo centro de la memoria histórica de armero
Artículo 26. Estructura del museo centro de memoria histórica
Artículo 27. Funciones del museo centro de memoria histórica
Artículo 28. Documental institucional sobre la historia de la desaparecida ciudad de armero
Artículo 31. Construcción del parque infantil omaira sánchez en el municipio de armero, guayabal
Artículo 32. Derecho preferencial para la contratación de las obras de que trata la presente ley
Artículo 33. El parque nacional temático jardín de la vida un destino ecoturístico
Artículo 34. Incentivos para la formalización empresarial en armero, guayabal