Con el fin de construir un Programa de Investigación, Monitoreo y Evaluación de las Violencias y Delincuencias Juveniles. El Gobierno Nacional reglamentará lo pertinente a este artículo.
Las Universidades Públicas o Privadas podrán desarrollar la Investigación, Monitoreo y Evaluación de las Violencias y Delincuencias Juveniles, para lo cual el Gobierno Nacional destinará los recursos necesarios para esta labor.
Estructura Ley 1577 de 2012
Artículo 4o. Funciones del instituto colombiano de bienestar familiar
Artículo 5o. Entidades territoriales
Artículo 6o. Créase el centro de investigación en violencia y delincuencia juvenil
Artículo 7o. Generación de empleo
Artículo 8o. Cuota de compensación militar
Articulo 12. Proscripción de la discriminación y sanciones pedagógicas