Ley 1566 de 2012
Artículo 8o. Premio nacional

Créase el Premio Nacional “Entidad Comprometida con la Prevención del Consumo, Abuso y Adicción a las sustancias Psicoactivas”, el cual será otorgado anualmente por el Ministerio de Salud y Protección Social.

El premio es una acción de reconocimiento no pecuniaria, enmarcada en el concepto de mejores prácticas, que fomenten procesos de innovación, creación y adaptación para un mejor desarrollo de las prácticas y técnicas de prevención de la adicción, teniendo en cuenta en el cumplimiento de la normatividad vigente y los lineamientos sobre el tratamiento de cuestiones relacionados con el alcohol y las drogas de la Organización Internacional del Trabajo y las Políticas Públicas Nacionales en Salud Mental y para la Reducción del Consumo de Sustancias Psicoactivas y su Impacto adoptadas por el Ministerio de Salud y Protección Social.