Modifícase el numeral 6 del artículo 6o de la Ley 526 de 1999, el cual quedará así:
Artículo 6o. Funciones de la subdirección de análisis estratégico. Las siguientes serán las funciones generales de la Subdirección de Análisis Estratégico: (...)
6. Preparar los convenios de cooperación con las entidades de similar naturaleza en otros países, con las instancias internacionales pertinentes y con las instituciones nacionales públicas o privadas a que hubiere lugar.
Estructura Ley 1121 de 2006