Ley 1121 de 2006
Artículo 11

Modifícase el inciso 4o del artículo 3o de la Ley 526 de 1999, el cual quedará así:

Artículo 3o. Funciones de la unidad. (...)

La Unidad de que trata este artículo, dentro del ámbito de su competencia, podrá celebrar convenios de cooperación con entidades de similar naturaleza de otros estados e instancias internacionales pertinentes y con las instituciones nacionales públicas o privadas a que hubiere lugar, sin perjuicio de las obligaciones consagradas en la presente ley.