Ley 1121 de 2006
Artículo 13

Modifícase el numeral 6 del artículo 4o de la Ley 526 de 1999, el cual quedará así:

Artículo 4o. Funciones de la dirección general. Las siguientes serán las funciones de la Dirección General (...)

6. Celebrar dentro del ámbito de su competencia, convenios de cooperación con entidades de similar naturaleza de otros Estados e instancias internacionales pertinentes y con las instituciones nacionales públicas o privadas a que hubiere lugar.