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Soy Jolie, una ingeniera nuclear de 51 años que actualmente vive en Susa, Colombia. Estoy interesada en obtener la residencia permanente en el país, pero no estoy seguro de cuáles son los requisitos y pasos legales que debo seguir. Me gustaría recibir orientación legal sobre el proceso específico de obtención de la residencia permanente en Colombia para alguien en mi situación. Me gustaría saber cuáles son los documentos necesarios, los plazos legales, los costos asociados y cualquier otra información importante que deba tener en cuenta. También me gustaría saber si existen leyes o regulaciones específicas relacionadas con mi campo de la ingeniería nuclear que puedan afectar mi proceso de solicitud. Agradezco cualquier ayuda y orientación legal que puedan brindarme para abordar mi situación.
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Códigos Colombia
Código civil Código contencioso administrativo Código de comercio Código de extinción de dominio Código de la infancia y la adolescencia Código de minas Código de policía nacional Código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo Código de procedimiento civil Código de procedimiento penal 2000 Código de procedimiento penal 2004 Código de recursos naturales renovables y de protección del medio ambiente Código de régimen departamental Código de régimen municipal Código del menor Código disciplinario único 1995 Código disciplinario único 2002 Código electoral Código general del proceso Código general disciplinario Código nacional de policía y convivencia Código nacional de tránsito terrestre Código penal Código penal militar Código penal militar Código penitenciario y carcelario Código procesal del trabajo y de la seguridad social Código sanitario nacional Código sustantivo del trabajo
Respuestas de los abogados (1)
Abogado, с. Cali, 8 años experiencia
Общаться в чатеBuena tarde, JOLIE el tema de residencia en Colombia no tiene restricción alguna por tipos de profesiones en general,
ahora bien, debes saber que tipo de visa necesitas y debes cumplir con los siguientes requisitos:
Visa de visitante (tipo V): prevista para el extranjero que quiera visitar Colombia una o varias veces o permanecer temporalmente en el país sin establecerse de manera permanente.
Esta visa le permite al titular realizar, entre otras actividades: tránsito aeroportuario, turismo, gestiones de negocios, intercambio académico y estudios en arte u oficios y postgrados, tratamiento médico, trámites administrativos y/o judiciales, tripulante de embarcación o en plataforma costera, participación en eventos, pasantía o prácticas, voluntariado, producción audiovisual y/o digital, cubrimiento periodístico, prestador de servicios temporales, traslado de personal intracorporativo en el marco de instrumentos internacionales vigentes, oficial o representante comercial de gobierno extranjero, programa vacaciones-trabajo y cortesía.
Visa de Residente (tipo R): para quienes aspiren establecerse o fijar su domicilio permanente en Colombia por: haber renunciado a la nacionalidad colombiana; ser padre de nacional colombiano por nacimiento; tiempo acumulado de permanencia; inversión extranjera directa.
Visa de Migrante (tipo M): para el extranjero que desee ingresar o permanecer en el territorio nacional con la intención de establecerse, y no cumple con las condiciones para solicitar visa tipo “R”.
A esta visa podrán aplicar las personas que se encuentren en la siguiente condición: Cónyuge o compañero permanente de nacional colombiano; padre o hijo de nacional colombiano por adopción; migrante bajo el Acuerdo Mercosur; refugiado; trabajo; empresario; ejercer profesión o actividad independiente; religioso; estudiantes de primaria, secundaria, media y pregrado; inversor inmobiliario; jubilado o rentista.
De igual manera y para que profundice mas en la información puede consultar la pagina https://www.cancilleria.gov.co/
espero sea de su utilidad la información brindada...