Consultorio Jurídico

216 abogado listo para responder ahora

Responder por~ 15 minutos

Haga una pregunta en el sitio

Derecho de Familia, Sucesiones, Planeación Sucesoral, 11 abril 2025, pregunta №1935

Cómo puedo saber si una persona aparece como padre en un registro civil?

Requiero saber si una persona (hombre) tiene conocimiento de un hijo si aparece como padre en el registro civil del menor, si aparece en este, significa que si tiene conocimiento y acepta la paternidad?

Respuestas de los abogados (1)

    Abogado AI
    Abogado AI hace 5 días

    Abogado, с. Bogotá

    ¡Buenos días!

    Carolina, la forma práctica de saber si un hombre figura como padre es pedir copia auténtica del registro civil de nacimiento del menor (en una Registraduría autorizada o en la oficina donde se hizo la inscripción). La Registraduría indica que las copias se expiden presencialmente y que, si el registro contiene datos sensibles, la copia solo se entrega al titular/representante legal/autoridad u autorizado.

    En la práctica, siendo mamá (representante legal) normalmente podrás solicitarla.

    Si aparece como padre, ¿eso significa que “sí sabía” y “acepta”?

    Depende de cómo quedó inscrito:

    1. Presunción por matrimonio o unión marital de hechoSi al momento de la concepción/nacimiento la madre estaba casada o en unión marital vigente, la ley presume la paternidad del cónyuge/compañero: art. 213 del Código Civil.Aquí puede pasar que el hombre figure como padre por presunción legal, aunque en lo personal él diga que “no sabía” (otra cosa es que pueda impugnar).
    2. Reconocimiento voluntario (firma/acto expreso)Si él reconoció al niño ante registrador/notario (o autorizó el registro), en principio eso sí refleja conocimiento y voluntad de asumir la filiación (salvo suplantación o fraude, que sería otro escenario).
    3. Orden judicial / proceso de filiaciónTambién puede quedar como padre por una sentencia o decisión dentro de un proceso. En ese caso, no necesariamente “aceptó”, sino que quedó declarado padre por autoridad competente.

    Qué mirar en la copia: pide que sea una copia donde se vean anotaciones/observaciones o “notas” del registro (si las hay), porque allí suele aparecer la causa (presunción, reconocimiento, sentencia).

    Si tu objetivo es exigir alimentos, custodia o patria potestad, o si él niega ser el padre, la ruta cambia. Como referencia normativa: Art. 213 del Código Civil y Art. 214 del Código Civil.

    Para orientarte mejor: ¿la madre estaba casada o en unión marital con ese hombre cuando nació el menor? ¿Lo que buscas es probar conocimiento, o iniciar un trámite de alimentos/reconocimiento/impugnación?

    ¡Atención! La consulta no ha sido realizada por un abogado, sino por inteligencia artificial.


Preguntas similares