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Quiero proceder con una adopción por parte de mi padrastro que lleva casado con mi mamá hace cinco años, cumplimos con el requisito de haber vivido bajo el mismo techo antes de ser mayor de edad, y queremos ser padre e hija legalmente porque quiero su apellido, quiero saber dónde puedo proceder ya que ambos tenemos la iniciativa sólo necesitamos hacer el trámite
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Respuestas de los abogados (1)
Abogado, с. Ocaña, 4 años experiencia
En Colombia, la adopción de personas mayores de edad es posible, pero tiene requisitos y procedimientos específicos, ya que no está regulada de manera general como la adopción de menores. Este tipo de adopción se permite en los siguientes casos:
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1. Requisitos principales
1. Relación previa entre adoptante y adoptado:
Debe existir un vínculo afectivo cercano y estable entre las partes, que justifique la adopción (por ejemplo, relación de cuidado o convivencia prolongada).
2. Consentimiento del adoptado:
La persona mayor de edad que será adoptada debe expresar su consentimiento libre, informado y por escrito ante la autoridad competente.
3. Capacidad del adoptante:
El adoptante debe cumplir con los requisitos legales para ser adoptante, como ser mayor de 25 años y tener al menos 15 años más que la persona a adoptar, según el artículo 68 del Código de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006).
4. Justificación del acto:
Debe demostrarse que la adopción tiene una finalidad legítima, como consolidar un lazo familiar o legalizar una relación afectiva existente.
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2. Procedimiento para adoptar a un mayor de edad
1. Solicitud ante un Juez de Familia:
El proceso debe ser presentado ante un Juzgado de Familia. Es necesario contar con la representación de un abogado, quien elaborará la demanda de adopción.
2. Documentos necesarios:
Documento de identidad del adoptante y del adoptado.
Certificado de nacimiento de ambos.
Prueba de la relación afectiva (testimonios, pruebas documentales, etc.).
Manifestación de consentimiento del adoptado (escrito firmado por la persona mayor de edad).
Certificado de antecedentes penales y de salud del adoptante, en algunos casos.
3. Audiencia de adopción:
El juez convocará a una audiencia para escuchar a las partes y verificar que la adopción sea voluntaria y cumpla con los requisitos legales.
4. Sentencia de adopción:
Si el juez encuentra que todos los requisitos se cumplen y que la adopción es en beneficio del adoptado, emitirá una sentencia que otorga la adopción.
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3. Efectos legales de la adopción
Se crea un vínculo jurídico de parentesco pleno entre el adoptante y el adoptado, similar al de un hijo biológico.
El adoptado puede adquirir el apellido del adoptante y tiene derecho a heredar, al igual que cualquier hijo natural o adoptivo.
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