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¿A que entidad se le dirige? ¿Se debe hacer por derecho de petición? o la prescripción adquisitiva de dominio tiene una estructura especial?
El caso es que A compro un bien inmueble, y B que es el vendedor falleció, A le pago todo lo estipulado en el contrato. Pero B nunca tuvo tiempo en vida para firmar para que entregaran las escrituras a A. Los hijos de B iniciaron un proceso de sucesión donde incluyeron el bien inmueble.
Lo ideal seria demandar a los herederos o presentar una adquisición de dominio?
y que demanda se puede presentar a los herederos?
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Respuestas de los abogados (2)
Abogado, с. Cartago, 9 meses experiencia
buen dia para la prescripción adquisitiva de dominio se debe iniciar un proceso de pertenencia con un abogado ante jun juzgado civil y el juez conforme las pruebas aportadas y la posesión que se tiene del bien declara la pertenencia a quien la depreca, existe prescripción adquisitiva de dominio ordinaria y extraordinaria los requisitos son tener la posesión y hacer las veces de señor y dueño del bien, en cuanto el proceso de sucesión advertir a los herederos que se tiene la posesión del bien hace cierto tiempo y que ustedes se encargan de pagar los impuestos y demás obligaciones emanadas de dicho predio (si seria mucho mejor iniciar el proceso de pertenencia)
Abogado, с. Ocaña, 4 años experiencia
Se debe interponer una demanda en juzgado civil con pruebas de los años de posesión y sus acciones con animo de dueño y señor (Pago de impuestos, servicios, arreglos locativos etc.), pruebas testimoniales. y si la posesión del bien la ejercido una posesión regular, es decir, con justo título y buena fe, durante 5 años es ordinaria