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Hola, soy Gretchen, una Terapeuta de Radiación de 33 años que reside en Bosconia, Colombia. He estado viviendo en Colombia durante varios años y me gustaría obtener la residencia permanente aquí. Me gustaría solicitar asesoramiento legal en derecho migratorio en Colombia para comprender el proceso y los requisitos necesarios para obtener la residencia permanente en Bosconia. Me gustaría saber si cumplo con todos los requisitos y qué documentos necesito presentar. También me gustaría entender si hay algún aspecto específico de la ley de migración en Colombia que debo tener en cuenta para mi caso. Mi objetivo con esta consulta legal es obtener la información necesaria para avanzar con mi solicitud de residencia permanente y asegurarme de que estoy cumpliendo con todos los procedimientos legales adecuados. Agradezco su ayuda en este asunto. Desde ya, muchas gracias.
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Códigos Colombia
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Respuestas de los abogados (1)
Abogado, с. Cali, 8 años experiencia
Общаться в чатеBuen Dia, Gretchen, lo primero que debe tener en cuenta es que tipo de visa deseas, para eso te dejo esa información
Visa de visitante (tipo V): prevista para el extranjero que quiera visitar Colombia una o varias veces o permanecer temporalmente en el país sin establecerse de manera permanente.
Esta visa le permite al titular realizar, entre otras actividades: tránsito aeroportuario, turismo, gestiones de negocios, intercambio académico y estudios en arte u oficios y postgrados, tratamiento médico, trámites administrativos y/o judiciales, tripulante de embarcación o en plataforma costera, participación en eventos, pasantía o prácticas, voluntariado, producción audiovisual y/o digital, cubrimiento periodístico, prestador de servicios temporales, traslado de personal intracorporativo en el marco de instrumentos internacionales vigentes, oficial o representante comercial de gobierno extranjero, programa vacaciones-trabajo y cortesía.
Visa de Residente (tipo R): para quienes aspiren establecerse o fijar su domicilio permanente en Colombia por: haber renunciado a la nacionalidad colombiana; ser padre de nacional colombiano por nacimiento; tiempo acumulado de permanencia; inversión extranjera directa.
Visa de Migrante (tipo M): para el extranjero que desee ingresar o permanecer en el territorio nacional con la intención de establecerse, y no cumple con las condiciones para solicitar visa tipo “R”.
A esta visa podrán aplicar las personas que se encuentren en la siguiente condición: Cónyuge o compañero permanente de nacional colombiano; padre o hijo de nacional colombiano por adopción; migrante bajo el Acuerdo Mercosur; refugiado; trabajo; empresario; ejercer profesión o actividad independiente; religioso; estudiantes de primaria, secundaria, media y pregrado; inversor inmobiliario; jubilado o rentista.
De acuerdo con la Resolución 5477 del 22 de julio de 2022 los tipos de visas en Colombia son: Visa de visitante (tipo V) - incluida la Visa de visitante (tipo V) de cortesía, Visa de Migrante (tipo M) y Residente.
para mas información también puede consultar la pagina https://www.cancilleria.gov.co/
espero sea útil la información brindada...