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Derecho de Familia, Sucesiones, Planeación Sucesoral, 22 noviembre 2023, pregunta №1240 20000$

Capitulaciones, si o no?

Buen día.

Actualmente llevo una relación de 3 años (Sin convivencia), fruto de ella tenemos un bebé. Hace un tiempo inicie el proceso de compra de vivienda y me entregaron el apartamento hace un mes (El apartamento es un proyecto propio, por ende, el no está en escrituras ni hay aportes económicos de por medio) la idea, es irnos a vivir allí con mi pareja y la hija que el tiene.

Tengo varias dudas al respecto:
- ¿Hay posibilidad de que él en un futuro, si hay una separación, tenga derecho a parte del apartamento?
- ¿La niña que el tiene, tiene derecho a parte del apartamento?
- ¿La única manera de asegurar el bien, son las capitulaciones o hay otras opciones?

Agradezco mucho de su ayuda, no tengo mucho conocimiento del tema y no he logrado asesorarme bien.

Respuestas de los abogados (3)

    Aroca Robert Steven  Narváez

    Cordial saludo

    Para darte respuesta boya a responderte de manera individual

    - ¿Hay posibilidad de que él en un futuro, si hay una separación, tenga derecho a parte del apartamento?

    Si, pues en el evento en qué en una posible separación en el futuro él puede iniciar un proceso que se llama declaración de Unión marital de hecho en el cual sí el va a demostrar que durante todo el tiempo que vivieron ustedes o han compartido su relación no solamente tienen una hija producto de ello sino que también va a demostrar que durante el lapso de tiempo se adquiere un apartamento y el 50% posiblemente le pueda corresponder también a él es por ello que lo más saludable es iniciar un trámite de capitulaciones con el fin de que ese nuevo bien que estás adquiriendo y que lo adquiriste aún estando con él porque me imaginaré yo que estás viviendo con él pero no compartiendo en el nuevo apartamento es posible iniciar capitulaciones con el fin de estipular que es apartamento no ingrese dentro de la sociedad patrimonial que se forma a través de la Unión marital de hecho

    - ¿La niña que el tiene, tiene derecho a parte del apartamento?

    No la niña no tiene derecho sobre el apartamento quién tiene derecho o podría llegar a tener derecho en un futuro es precisamente tu pareja más no la niña pues la niña que él tiene no es tuya o sea no podría entrar a reclamar por derechos que no le corresponden

    - ¿La única manera de asegurar el bien, son las capitulaciones o hay otras opciones?

    La otra opción sería que el bien quede a nombre de un tercero bien sea un hijo tuyo tu mamá tu papá se le hace un contrato de venta compacto de retro venta y a su vez se hace un contrato de venta nuevamente y no se registran mantienes eso oculto con el fin de que el día de mañana si por ejemplo tus padres o la persona que tú le diste la potestad de tener el viene a nombre de él llega a fallecer pues inmediatamente registras la venta y pagas la multa por no registrarla tiempo pero regístrate una vez la nuevamente compra a tu nombre con el fin de recuperar ese mueble esa es otra de las jugadas jurídicas que se podrían realizar pero tiene sus pro y sus contra la más recomendable es hacer las capitulaciones.

    Tienes más dudas o inquietudes comunica que te conmigo charlamos un rato y te podría dar una mejor asesoría pues de manera virtual o a través de cualquier tipo de plataforma podría hacerte preguntas para poder despejar muchas más cosas que pues se encuentran en los vacíos de tu solicitud o tu inquietud y así poderte mejorar esta asesoría

    Dunoyer  Stephanie  Ordoñez
    Dunoyer Stephanie Ordoñez hace 11 meses

    Abogado, с. Cartagena, 1 año experiencia

    Общаться в чате

    Buenas noches, Leidy. Tus preguntas son muy valiosas, y quiero compartirte información relevante. La sentencia SU 108/20 de la Corte Constitucional destaca que la convivencia va más allá de habitar bajo el mismo techo, abarcando el apoyo mutuo, el acompañamiento espiritual y la vida en común, incluso antes de la cohabitación física.

    Dado que ya comparten una hija, podrían establecer la unión marital de hecho antes de la convivencia. Tu pareja podría solicitar ante un juez de familia que se declare el régimen patrimonial de la relación, otorgándole derechos sobre el apartamento que compraste.

    Adicionalmente, si alguno de ustedes dos tiene al otro en su núcleo familiar en el sistema de salud, sería otro medio para demostrar la existencia de la unión marital de hecho.

    Respecto a tus preguntas:

    1. Sí, en el futuro tu pareja podría solicitar reconocimiento de derechos patrimoniales, incluyendo el apartamento.

    2. Al declararse la unión marital de hecho y el régimen patrimonial, la hija de tu pareja tendría derechos en caso de fallecimiento de tú pareja. Podría reclamar el 50 % del apartamento mediante una sucesión intestada.

    3. La mejor práctica es realizar capitulaciones y liquidar cualquier aspecto pendiente antes de convivir. También puedes considerar declarar el bien como patrimonio de familia, haciéndolo inembargable solo para ti y tu hijo.

    Si necesitas más asesoría o ayuda en el proceso, no dudes en contactarme. Estoy aquí para apoyarte.

    Aristizabal  Julia  De Plaza

    Buenas tardes, desafortunadamente al tener más de dos años de convivencia se presume que el bien que acaba de comprar hace parte de la sociedad patrimonial; así que su pareja legalmente al momento de una separación puede reclamar el 50% de todo lo que adquieran (independientemente de quien lo pague), igualmente la hija de su pareja si este fallece puede participar del bien por usted adquirido, por sucesión de su pareja; así que para evitar todo lo anterior le aconsejo determinar legalmente y ya mismo el régimen patrimonial de dicha unión, hay dos herramientas muy valiosas que pueden funcionar en su caso, contáctenos para mayor información.


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