a) Cuando quienes aspiren a ser veedores sean contratistas, interventores, proveedores, o trabajadores adscritos a la obra, contrato o programa objeto de veeduría o tengan algún interés primordial directo o indirecto en la ejecución de las mismas;
Tampoco podrán ser veedores quienes hayan laborado dentro del año anterior en la obra, contrato o programa objeto de veeduría;
b) Quienes estén vinculados por matrimonio, unión permanente o parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o único civil con el contratista, interventor, proveedor, o trabajadores adscritos a la obra, contrato o programa, así como a los servidores públicos que tenga participación directa o indirecta en la ejecución de los mismos;
c) Cuando sean trabajadores o funcionarios públicos, municipales, departamentales o nacionales, cuyas funciones estén relacionadas con la obra, contrato o programa sobre el cual se ejerce veeduría;
En ningún caso podrán ser veedores los ediles, concejales, diputados y congresistas;
d) Quienes tengan vínculos contractuales, o extracontractuales o participen en organismos de gestión de la ONG, gremio o asociación comprometidos en el proceso objeto de la veeduría;
e) En el caso de organizaciones, haber sido cancelada o suspendida su inscripción en el registro público o en el caso de particulares, haber sido condenado penal o disciplinariamente, salvo por delitos políticos o culposos o sancionado con destitución, en el caso de los servidores públicos.
Estructura Por la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas.
Articulo 2o. Facultad de constitucion
Articulo 5o. Ambito del ejercicio de la vigilancia
Articulo 7o. Principio de democratizacion
Articulo 8o. Principio de autonomia
Articulo 9o. Principio de transparencia
Articulo 10. Principio de igualdad
Articulo 11. Principio de responsabilidad
Articulo 12. Principio de eficacia
Articulo 13. Principios de objetividad
Articulo 14. Principio de legalidad
Articulo 15. Principio de coordinacion
Articulo 17. Instrumentos de accion
Articulo 19. Deberes de las veedurias
Articulo 20. Requisitos para ser veedor
Articulo 21. Impedimentos para ser veedor
Articulo 22. Prohibiciones a las veedurias ciudadanas