Artículo 2o. Autoridad - La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) es la máxima...
Artículo 3o. Objeto - La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), tendrá como objeto...
Artículo 5o. Definiciones - Para la aplicación de la presente ley se tendrán en...
Artículo 6o. Domicilio - La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) tendrá como domicilio...
Artículo 8o. Patrimonio - El patrimonio de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV)...
Artículo 9o. Funciones - La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) ejercerá las siguientes...
Artículo 10. Estructura - La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) tendrá la siguiente...
Artículo 21. Régimen de transición - Con el propósito de asegurar la continuidad en la prestación...
Artículo 22. Reglamentación - El Gobierno Nacional tendrá un plazo no mayor a seis...
Artículo 24. Vigencia y derogatorias - La presente ley rige a partir de su promulgación y...