Solamente Congresistas en ejercicio podrán ser miembros de las Delegaciones colombianas en los diferentes Parlamentos Regionales u Organismos Internacionales de carácter parlamentario.
PARÁGRAFO. La calidad de miembro de una Delegación Permanente se suspenderá automáticamente al término del período constitucional o por pérdida de la investidura de Congresista.