Ley 2215 de 2022
Artículo 12

Autorícese a la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer para que con las Casas de Refugio y en especial con las Casas de Refugio de los municipios PDET, que se vayan a implementar, se diseñe una ruta especial de atención inmediata para las mujeres defensoras de derechos humanos y mujeres en procesos de reintegración y reincorporación víctimas de actos de violencia.

La Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer promoverá la consolidación institucional de una Red nacional de Casas de Refugio como un espacio articulado de diálogo, intercambio de experiencias, análisis, incidencia e integración, para la promoción, la atención integral, la protección y la restitución de los derechos humanos de las mujeres que han sufrido diferentes formas y tipos de violencia.