Se entiende como trabajo en casa la habilitación al servidor público o trabajador del sector privado para desempeñar transitoriamente sus funciones o actividades laborales por fuera del sitio donde habitualmente las realiza, sin modificar la naturaleza del contrato o relación laboral, o legal y reglamentaria respectiva, ni tampoco desmejorar las condiciones del contrato laboral, cuando se presenten circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que impidan que el trabajador pueda realizar sus funciones en su lugar de trabajo, privilegiando el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
Este no se limita al trabajo que puede ser realizado mediante tecnologías de la información y las comunicaciones, medios informáticos o análogos, sino que se extiende a cualquier tipo de trabajo o labor que no requiera la presencia física del trabajador o funcionario en las instalaciones de la empresa o entidad.
Estructura Ley 2088 de 2021
Artículo 1o. Objeto y campo de aplicación
Artículo 2o. Definición de trabajo en casa
Artículo 4o. Criterios aplicables al trabajo en casa
Artículo 5o. Elementos de la relación laboral en el trabajo en casa
Artículo 6o. Jornada de trabajo
Artículo 7o. Término del trabajo en casa
Artículo 8o. Elementos de trabajo
Artículo 9o. Procedimientos necesarios para la implementación del trabajo en casa
Artículo 10. Sobre los derechos salariales y prestacionales
Artículo 11. Garantías laborales, sindicales y de seguridad social
Artículo 12. Programas de bienestar y capacitación
Artículo 13. Implementación del trabajo en casa
Artículo 14. Canales oficiales de comunicación para ciudadanos y usuarios