Durante el tiempo que el servidor público o trabajador del sector privado preste sus servicios o desarrolle sus actividades bajo la habilitación de trabajo en casa, tendrá derecho a percibir los salarios y prestaciones sociales derivadas de su relación laboral.
A los servidores públicos y trabajadores del sector privado que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigente y que se les reconozca el auxilio de transporte en los términos de las normas vigentes sobre el particular, durante el tiempo que presten sus servicios bajo la habilitación de trabajo en casa, se le reconocerá este pago a título de auxilio de conectividad digital. El auxilio de conectividad y el auxilio de transporte no son acumulables.
PARÁGRAFO 1o. Para los servidores públicos, el auxilio de conectividad se reconocerá en los términos y condiciones establecidos para el auxilio de transporte.
PARÁGRAFO 2o. Para los trabajadores del sector privado, el valor establecido para el auxilio de transporte se reconocerá como auxilio de conectividad digital y tendrá los mismos efectos salariales del auxilio de transporte.
Estructura Ley 2088 de 2021
Artículo 1o. Objeto y campo de aplicación
Artículo 2o. Definición de trabajo en casa
Artículo 4o. Criterios aplicables al trabajo en casa
Artículo 5o. Elementos de la relación laboral en el trabajo en casa
Artículo 6o. Jornada de trabajo
Artículo 7o. Término del trabajo en casa
Artículo 8o. Elementos de trabajo
Artículo 9o. Procedimientos necesarios para la implementación del trabajo en casa
Artículo 10. Sobre los derechos salariales y prestacionales
Artículo 11. Garantías laborales, sindicales y de seguridad social
Artículo 12. Programas de bienestar y capacitación
Artículo 13. Implementación del trabajo en casa
Artículo 14. Canales oficiales de comunicación para ciudadanos y usuarios