La propiedad de los bienes muebles e inmuebles, derechos y obligaciones de los cuales sea titular el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes) quedarán en cabeza del Ministerio del Deporte, para lo cual se deberán adelantar los trámites ante las autoridades competentes para actualizar los correspondientes registros.
Estructura Ley 1967 de 2019
Artículo 1o. Naturaleza y denominación
Artículo 2o. Integración del sector
Artículo 7o. Bienes, derechos y obligaciones
Artículo 8o. Continuidad de la relación
Artículo 9o. Derechos y obligaciones litigiosas
Artículo 10. Contratos y convenios vigentes
Artículo 12. Referencias normativas
Artículo 13. Ejecución presupuestal y de reservas
Artículo 14. Ajustes presupuestales en el sistema integral de información financiera (siif)
Artículo 15. Certificado de disponibilidad presupuestal